¿Cuándo puede la Administración Tributaria desconocer la legalización de libros contables? RTF Nº 06555-10-2023

La Resolución del Tribunal Fiscal Nº 06555-10-2023 establece un precedente importante respecto a la legalización de los libros y registros contables. En este caso, el Tribunal determinó que la Administración Tributaria solo puede desconocer la legalización de estos documentos si el Poder Judicial ha declarado su nulidad mediante una sentencia firme.

Antecedentes del Caso

El conflicto surge cuando un contribuyente presentó sus libros contables ante la SUNAT, pero estos se encontraban legalizados en un ejercicio posterior al de las operaciones registradas. Ante la duda sobre su validez, la Administración Tributaria realizó un cruce de información con el Notario responsable, quien reconoció la existencia de errores involuntarios en la foliación y las fechas. A pesar de que estos errores fueron corregidos, la SUNAT desconocía la legalización de los libros contables y, como consecuencia, negó el acogimiento a la gradualidad de las multas pagadas por el contribuyente.

Fundamentos Legales

El Tribunal Fiscal basó su decisión en la Ley del Notariado, específicamente en los artículos 26, 95º inciso e), 97º y 110º, que establecen que la apertura y legalización de los libros contables constituyen certificaciones notariales de instrumentos públicos extraprotocolares, dotándolos de fecha cierta. Asimismo, los artículos 123º y 124º de la misma norma indican que la nulidad de los instrumentos notariales solo puede ser declarada por el Poder Judicial mediante sentencia firme.

Decisión del Tribunal Fiscal

A pesar de los errores en la legalización de los libros contables del contribuyente, el Tribunal Fiscal concluyó que, mientras no exista una declaración de nulidad emitida por el Poder Judicial, la legalización de dichos libros se mantiene válida y no puede ser desconocida por la SUNAT. En consecuencia, la Administración Tributaria no puede negar su validez ni rechazar la gradualidad aplicada a las multas relacionadas con estos libros.

Fuente: Fredy Copari

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