Los tipos de libros o registros contables que estarás obligado a llevar dependerán del Régimen Tributario en el que te encuentres, sea como Persona Natural con Negocio o como Persona Jurídica (empresa que hayas formado).
También dependerá del volumen de ingresos anuales que estimes obtener por el desarrollo de tu actividad empresarial.
En ese sentido, estarás obligado a llevar los siguientes libros o registros contables:
- En el Nuevo Régimen Único Simplifiado – NRUS: No hay obligación de llevar libros ni registros contables. Sólo debes conservar los comprobantes de pago que te hubieran emitido y aquellos que sustenten las adquisiciones realizadas, en orden cronológico.
- En el Régimen Especial de Renta – RER: Los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas.
- En el Régimen MYPE Tributario – RMT: Teniendo en cuenta el nivel de ingresos anuales, los contribuyentes del RMT deberán llevar los siguientes libros y registros contables:
Limite de ingresos | Libros obligados a llevar |
---|---|
Ingresos Neto hasta 300 UIT | Registro de ventasRegistro de comprasLibro Diario de Formato Simplificado |
Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT | Registro de Ventas Registro de Compras Libro Diario Libro Mayor |
Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT | Registro de Compras Registro de Ventas Libro Diario Libro Mayor Libro de Inventarios y Balances |
- En el Régimen General – RG: Los libros contables que estarás obligado a llevar dependerán del volumen de tus ingresos anuales:
Limite de ingresos | Libros obligados a llevar |
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Ingresos Netos hasta 300 UIT | Registro de ventasRegistro de comprasLibro Diario de Formato Simplificado |
Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT | Registro de Ventas Registro de Compras Libro Diario Libro Mayor |
Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT | Registro de Compras Registro de Ventas Libro Diario Libro Mayor Libro de Inventarios y Balances |
Ingresos Netos anuales mayores a las 1,700 UIT | Contabilidad completa, comprende: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Registro de Compras. |
Forma de llevado de los Libros y Registros
En nuestro país, actualmente se utilizan sistemas de llevado de libros y registros vinculados a asuntos tributarios bajo el sistema manual de libros impresos, sistemas mecanizados en hojas sueltas y sistemas de emisión electrónica este último que puede ser llevado desde los sistemas del propio contribuyente utilizando el Programa de Libros Electrónicos-PLE o el Sistema de Libros Electrónicos- SLE Portal desde los sistemas de la SUNAT, tal como se resume en el siguiente gráfico:

En el sistema manual: los libros y registros se adquieren en una imprenta, su llevado es a manuscrito y se legalizan antes de usarlos.
En el sistema computarizado; la información contable se ingresa apoyada en un software contable apoyada en la estructura dispuesta por la SUNAT para cada libro y registro.
En el Programa de Libros Electrónicos-PLE, los libros se generan desde los sistemas del contribuyente, y se validan con un aplicativo de la SUNAT que permite generar un resumen de toda la información contable y obtener una constancia de recepción por parte de la SUNAT, respecto de cada libro.
En el Sistema de Libros desde el Portal-SLE, los contribuyentes generan sus libros desde el portal de la SUNAT y su afiliación y generación de los libros es voluntaria.
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