En caso de una discapacidad permanente acreditada por el Conadis, la pensión de alimentos será permanente, precisa defensora pública.

Los hijos mayores de edad, hasta los 28 años, que cursan estudios superiores y cuentan con notas favorables pueden recibir pensión de alimentos, sostuvo la defensora pública Nadia De La Cruz, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh).
En el programa virtual Consultorio Legal, en el que abordó el tema, detalló que el Código Civil establece que no solo se debe acreditar que el hijo está estudiando, sino que también tenga calificaciones favorables.
En ese sentido, precisó que, según la Corte Suprema, una nota favorable no debe ser menor de 11.
La defensora pública precisó que la norma establece que los hijos mayores de edad hasta 28 años pueden recibir pensión de alimentos si se encuentran en un estado de necesidad o de discapacidad.

Asimismo, recalcó que si el hijo cuenta con una discapacidad, acreditada por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), la pensión de alimentos será permanente.
En la sesión se recordó la ciudadanía que pueden comunicarse a la línea gratuita Fono Alegra 1884 en el que pueden recibir asesoría sobre los trámites a realizar en el caso de pensión de alimentos y otros.
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