Toda la verdad sobre el Incentivo (Bono) a favor de los trabajadores de la SUNAT 728 y 276

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Por considerarlo de interés nacional resulta relevante comentar las siguientes precisiones a propósito del reciente y muy comentado Proyecto de Ley 374/2016-CR presentado por la congresista Karla Melissa Schaefer, miembro de la bancada de Fuerza Popular.

  1. ¿Qué dice el Proyecto de Ley N° 374-2016-CR Alan Emilio?

Según mis urracos fujimoristas y fujimoristoides (algunos de ellos congresistas), el proyecto ES DE BUENA FE y responde a un clamor propular, lo cual estimamos que si tiene estas características, es constitucional, legal, no vulnera ni genera perjuicio para nadie y resulta coherente.

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No le veo nada extraño, y considero viable este proyecto de ley a efectos de dar “muestras” de que la tributación es coherente con la función y desvirtuar que esté sometida al interés de sancionar a los contribuyentes.

2. ¿Entonces Alan Emilio al fin de hace justicia y se elimina …? 

Ojo el proyecto de ley no eliminaría nada cuando se encuentre en vigencia (deberían aprobarlo YA !!!) dado que los funcionarios de SUNAT no han obtenido bonos o incentivos por multar o imponer sanciones a los contribuyentes, ahí hay una mentira orquestada por …. ya adivinan quién.

r3. ¡¡¡¡¡Pero Alan Emilio un amigo de un amigo de un amix me ha contado que ha escuchado que si pagan incentivos (bonitos) cada vez que revuelcan a los empresarios que recién estamos aprendiendo y apenas movemos S/.10´000,000 mensuales !!!!

Ojo, el año pasado 2015 se publicó la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 307 -2015/SUNAT que aprobó las disposiciones reglamentarias para la aplicación del incentivo por desempeño de los trabajadores de la SUNAT comprendidos en los regímenes laborales previstos en los Decretos Legislativos 728 y 276, para el año 2015, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

El referido anexo en ninguna parte menciona que se pagen bonos o incentivos por cantidad de multas o de sanciones tal como ustedes mismos pueden LEER: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2015/anexo-307-2015.pdf

Dicha Resolución fue firmada por VICTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ, entonces Superintendente Nacional, y se sustentaba en el Informe Técnico N.° 082-2015-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos.

4. ¿Entonces si había incentivo (bono)?

Si

5. ¿Entonces es cierto que todos los funcionarios de SUNAT querían como sea lograr millonarias sumas por concepto de bono? ¿Ahi estaba su negociazo?

FALSO, cómo se pueden dar cuenta el incentivo (bono) establecido NO COMPRENDIÓ NUNCA A LOS TRABAJADORES BAJO CONTRATO CAS. Sólo a los funcionarios “nombrados” 728 y 276.

6. ¿¿¿ Pero en años anteriores si hubo bono (incentivo) o cómo se llame ese billetote?

Si. En el 2014 estuvo en vigencia la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 341 -2014/SUNAT, modificada luego por la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 385 -2014/SUNAT . http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2014/341-2014.pdf y en ninguna parte menciona que se pagen bonos o incentivos por cantidad de multas o de sanciones

En el 2013 estuvo en vigencia la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 295- 2013/SUNAT http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2013/295-2013.pdf cuyo anexo puede ser descargado en el siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2013/anexo-295-2013.pdf y en ninguna parte menciona que se pagen bonos o incentivos por cantidad de multas o de sanciones

En el 2012 estuvo en vigencia la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 051- 2012/SUNAT cuyo anexo puede ser descargado en el siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2012/anexo-051-2012.pdf y en ninguna parte menciona que se pagen bonos o incentivos por cantidad de multas o de sanciones. Inclusive hubo una ligera modificación establecida con RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA 298-2012-SUNAT http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2012/anexo-298-2012.pdf y tampoco establece la funcionalidad respecto de multas o sanciones interpuestas.

Ustedes mismos pueden darse cuenta que no es verdad que los incentivos o bonos correspondan a lo que falsamente vienen repitiendo muchos en facebook. Curiosamente los que repiten incansablemente esas mentiras son pulpines (y “trolles” cuentas falsas) hinchas acérrimos de los ilusionistas de la tributación, los floreros sofistas de los impuestos y de los románticos de la tributación.

La información la he cruzado con testimonios de gentita sunática y sunatiense.

7. ¿Entonces Alan Emilio consideras que el proyecto de ley está correcto o no?

Si considero que sea correcto a efectos de exteriorizar la transparencia que siempre debió tener. No era suficiente que este incentivo se de vía Resolución de Superintendencia, sino que siempre debió existir una ley que cubra los elementos esenciales, motivo por lo cual felicito a la congresista Karla Melissa Schaefer, y la apoyo porque su proyecto NO ES CON NOMBRE PROPIO Y CUMPLE TODAS LAS EXIGENCIAS CONSTITUCIONALES, LEGALES Y DE COHERENCIA CON LA REALIDAD.

Como reflexión, les pido a ustedes amigos, dejar de creer en mentirosos y floreros. Recuerden que los lobos con corbata de cordero son aquellos que te hablan de la tributación con rostro humano y de la justicia tributaria.

Fuente: TRIBUTACIÓN PERÚ


 

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