¿Qué se conoce sobre el nuevo retiro de AFP que permitiría acceder hasta 4 UIT en 2026?

¿Qué se sabe del nuevo retiro AFP para acceder hasta 4 UIT en el 2026?

El debate por un nuevo retiro de las AFP regresa al Congreso con dos proyectos de ley que buscan liberar hasta 4 UIT (S/ 22,000). En un contexto de incertidumbre política y cambio de mando, las iniciativas proponen un noveno desembolso para los afiliados al sistema privado.


Esta medida surge como respuesta al incremento de los precios y la baja rentabilidad de los fondos de pensiones. A continuación, te explicamos cómo funcionaría este proceso, los plazos de pago y quiénes serían los beneficiarios según las propuestas actuales para el 2026.


¿QUÉ PLANTEAN LAS INICIATIVAS LEGISLATIVAS ACTUALES?
Existen dos propuestas principales en el Parlamento para permitir un nuevo acceso a los ahorros:

  • Proyecto del congresista Darwin Espinoza (Acción Popular): Sugiere que los aportantes retiren un máximo de 4 UIT de sus cuentas personales de capitalización.
  • Proyecto de Américo Gonza (Perú Libre): Fue la primera iniciativa presentada y, además del retiro de S/22,000, incluye la entrega total de fondos a los herederos de afiliados que ya fallecieron.


¿POR QUÉ SE BUSCA AUTORIZAR OTRO RETIRO DE FONDOS?
Los argumentos legales para justificar esta liberación de dinero se centran en la crisis económica que atraviesan los hogares. Se menciona específicamente la subida constante en el costo de los productos de primera necesidad, el estancamiento de la economía nacional que reduce el valor real de los sueldos y los rendimientos poco favorables que han tenido algunos fondos administrados por las AFP.


¿CÓMO SE REALIZARÍA EL TRÁMITE?
De aprobarse la ley, el mecanismo para que los ciudadanos obtengan su dinero seguiría estas pautas:

  • Modalidad: Los usuarios podrían registrar su pedido de forma digital o acudir físicamente a las oficinas.
  • Plazos: El primer depósito debe efectuarse, como máximo, a los 30 días de enviada la solicitud.
  • Distribución: El capital se entregaría en cuatro armadas mensuales, donde cada abono correspondería a una UIT.


¿EL DINERO PUEDE SER EMBARGADO POR DEUDAS?
El texto de la propuesta garantiza que los montos retirados tengan un blindaje legal, otorgándoles un carácter de intangibilidad. Esto significa que las entidades financieras no pueden aplicar retenciones, compensaciones ni embargos sobre estos fondos por deudas bancarias.


La única excepción permitida por ley es para aquellos afiliados que mantengan procesos por deudas de pensiones alimentarias, en cuyo caso sí se podría retener una parte del dinero.


¿EXISTE UN RIESGO PARA LA ECONOMÍA ANTE LOS PROYECTOS?
El sustento del proyecto indica que el mercado financiero en el Perú posee la solvencia y el efectivo suficiente para afrontar esta salida de capital. Asimismo, se menciona que las ocho experiencias previas de retiro no causaron descalabros institucionales ni dispararon el precio del dólar.


¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA ONP Y LA AFP?
La ONP es la Oficina de Normalización Previsional que se encarga del Sistema Nacional de Pensiones. La entidad recibe y gestiona los aportes de las personas que se encuentran afiliadas a este sistema de fondo común.

Su sistema sirve para pagar las jubilaciones de los ciudadanos peruanos que ya se encuentran dentro de la edad para percibir su pensión por años de aporte y para solventar la jubilación de actuales trabajadores a futuro.

En este sistema nacional de pensiones, el número de aportantes debe ser mayor al número de jubilados para que este programa cuente con un funcionamiento óptimo. En caso de no desarrollarse de esta forma, no todas las personas podrían acceder a este beneficio.


Por otro lado, la AFP son las siglas de la Administradora de Fondos de Pensiones, que mediante el Sistema Privado se encarga de proteger los aportes con un funcionamiento de aportes en cuentas individuales directamente a nombre del aportante. Las AFP cuentan con cuatro tipos de fondo que tienen distinto riesgo. Estos permiten rentabilizar lo que han ahorrado dentro de un determinado tiempo, para que luego sea retribuido cuando le corresponda la jubilación a sus aportantes.

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