Caso práctico N° 01
La empresa Mariños SAC tiene dos trabajadores pendientes de liquidar y nos pregunta ¿cómo se calculan ahora las gratificaciones truncas y si las mismas se encuentran afectas?, para ello, la empresa nos proporciona los siguientes datos:
Primer trabajador (Régimen General Laboral)
(*) Conforme al artículo 6 de la Ley N.° 27735, se señala (…) en caso que el trabajador cuente con menos de seis meses, percibirá la gratificación en forma proporcional a los meses laborados (…).
(**) De acuerdo al numeral 3.1 del Decreto Supremo N.° 005-2002-TR, no se considera remuneración computable los conceptos regulados en el artículo 19 Decreto Supremo N.° 001-97-TR.







