NIC 11 – Contratos de Construcción

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En la actualidad nuestro país se encuentra en el “Boom de la Construcción” situación que pone en alerta a los usuarios de información financiera de una adecuada lectura sobre el desempeño de las compañías, lo que obliga a que los responsables de dicha información sean diligentes y ellos representen fielmente la gestión del negocio. Conoce en este articulo mas acerca de la NIC 11, su aplicación, tipos de contratos y métodos usados por la NIC 11.

La Norma Internacional de Contabilidad N° 11 orienta y prescribe normas y políticas contables para registrar los ingresos relacionados con los negocios vinculados a la construcción y que en algunas situaciones abarcan más de un periodo.

¿QUIENES LO APLICAN?

Esta Norma debe ser aplicada para la contabilización de los contratos de construcción, en los estados financieros de los contratistas, quienes llevan a cabo una actividad encaminada a la realización de obras que han de dar como fruto estructuras nuevas, preparación de obras, construcción de inmuebles y obras de ingeniería civil, instalaciones en edificios entre otros.

¿QUE ES UN CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN?

Es un contrato, específicamente negociado, para la fabricación de un activo o un conjunto de activos, que están íntimamente relacionados entre sí o son interdependientes en términos de su diseño, tecnología y función, o bien en relación con su último destino o utilización y también la prestación de servicios directamente relacionados Según la NIC 11 existen dos tipos de contratos:

A. Contrato a precio Fijo o Suma Alzada: El contratista conviene un precio fijo establecido en el contrato. En algunos casos está sujeto a una escala progresiva de costo.

B. Contrato Basado en el Costo Más Honorario ó administración: El contratista recibe el reembolso de los costos admisibles más un porcentaje de estos o un honorario fijo.

IV. IDENTIFICACION DE CONTRATOS

A. CONTRATO DE CONSTRUCCION SEPARADO (POR CADA ACTIVO)

En este tipo de contrato existen propuestas separadas, están sujetos a negociaciones independientes, pueden ser identificados los costos e ingresos,

Ejemplo: Aeropuerto, Edificio, Carretera, Puente, Represa, Gaseoducto, etc.

B. CONTRATO DE CONSTRUCCION POR GRUPO (COMO CONTRATO UNICO)

Cuando la negociación del grupo de contratos como un paquete único, solo forma parte de un solo proyecto con un margen de utilidad el contratos se ejecutan en simultáneo o en forma continúa.

Ejemplo: Construcción de conjunto habitacional, con contratos individuales con los propietarios de las casas o departamentos.

C. CONTRATOS POR UN ACTIVO ADICIONAL

Como un activo con contrato separado, cuando:

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  • Son significativamente diferentes en diseño, tecnológico o función respecto al cubierto por el contrato.
  • Negociación del precio del activo sin considerar el precio del contrato original.
Ejemplo: Existe contrato para construcción de una residencia y se efectúa contrato adicional para construir una piscina en el mismo activo.
  • La NIC 11 nos da las pautas del reconocimiento de los ingresos y gastos de un contrato de construcción.

V. INGRESOS Y EGRESOS DEL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN

A. INGRESOS DEL CONTRATO:

Los ingresos del contrato de construcción pueden ser hasta de cuatro tipos:

  1. Pactados en el contrato, que es el monto inicial convenido.
  2. Provenientes de las variaciones de trabajo contratado.
  3. Provenientes de reclamos
  4. Por pago de incentivos.

B. COSTOS DEL CONTRATO:

Los costos de un contrato de construcción pueden ser:

  • Relacionados directamente tales como los costos de mano de obra, materiales, maquinaria y equipos, etc.
  • Atribuibles asignados al contrato, tales como los seguros y los gastos generales.
  • Los que se cargan específicamente al cliente.
Otros costos en los que también se puede incurrir son los llamados costos pre operativos, que son aquellos en los que se incurrió para la obtención del contrato, siempre que los mismos puedan identificarse y valorarse.

V. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS DEL CONTRATO

  • El reconocimiento contable de ingresos y gastos debe hacerse de acuerdo con el avance de ejecución del mismo o también llamado método de porcentaje de terminación, cuando el ingreso puede ser estimado confiablemente y los costos identificados.
  • Si el ingreso no puede ser medido de manera confiable, su reconocimiento se efectúa en la medida en que sea probable que los costos en los que se ha incurrido sean recuperables, mientras que los costos reconocidos en la medida en que se incurra en ellos.
  • Además, si se prevé que el resultado final de la ejecución del contrato será una perdida, ese monto deberá ser reconocido inmediatamente como gasto.

VI. DIFERENCIAS ENTRE EL TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO

  • La principal diferencia, radica en la oportunidad en que se reconocen los resultados de los contratos de las empresas de construcción y servicios directamente relacionados.
  • Si los resultados del contrato son imputables a un solo ejercicio, se aplica el sistema de lo devengado con lo cual, de acuerdo a lo ya señalado sobre el tratamiento que establece la NIC 11, no habría mayor diferencia entre el tratamiento contable y tributario.
  • Si los resultados del contrato son imputables a más de un ejercicio se deberá optar entre uno de los métodos establecidos por el artículo 63 de la ley del impuesto a la renta es decir, que tendrá que elegir entre el método de lo percibido, devengado o diferido.

Método de lo Percibido: Las empresas que aplican este método considerarán como ingresos netos los importes cobrados en cada mes por avance de obra.

Método de lo devengado: Las empresas que aplican este método considerarán como ingresos del mes la suma de los importes cobrados y por cobrar por los trabajos ejecutados en cada obra durante dicho mes. En el caso de obras que requieran la presentación de valorizaciones por la empresa constructora o similar, se considerará como importe por cobrar el monto que resulte de efectuar una valorización de los trabajos ejecutados en el mes correspondiente.

Método del Diferido: Consiste en diferir los resultados hasta la terminación total de la obra, observando lo siguiente respecto al plazo del contrato:

  • Contrato a ejecutarse en un plazo no mayor a 3 años. Los impuestos se aplicarán sobre las ganancias determinadas en el ejercicio comercial en que se concluyan las obras o se reciban oficialmente.
  • Contrato a ejecutarse en un plazo mayor a 3 años. La utilidad se determina al tercer año conforme a la liquidación del avance de la obra por el trienio y, a partir del cuarto año, se determina en base a alguno de los dos métodos antes mencionados (percibido y/o devengado).

Métodos usados por la NIC 11:

La NIC 11 no aplica el Método de lo Percibido ni Método de Diferido. Estos son los métodos usados por la NIC 11:

Avance obra: Avance obra determinado teniendo en cuenta la proporción de los costos del contrato incurridos en el trabajo ya realizado hasta la fecha, en relación con los costos totales estimados para el contrato.

Avance obra determinado teniendo en cuenta el examen del trabajo ejecutado – Valorización de Obra.
Avance obra determinado teniendo en cuenta la proporción física del contrato total ya ejecutada.

Precio fijo: el desenlace del contrato de construcción puede ser estimado con suficiente fiabilidad, siempre que se den las siguientes condiciones

  • (a) los ingresos de actividades ordinarias totales del contrato pueden medirse con fiabilidad
  • (b) es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos derivados del contrato
  • (c) tanto los costos que faltan para la terminación del contrato como el grado de realización, al final del periodo sobre el que se informa, pueden ser medidos con fiabilidad
  • (d) los costos atribuibles al contrato pueden ser claramente identificados y medidos con fiabilidad, de manera que los costos reales del contrato pueden ser comparados con las estimaciones previas de los mismos.

Margen sobre el costo: el desenlace del contrato de construcción puede ser estimado con fiabilidad cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:

  • (a) es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos derivados del contrato
  • (b) los costos atribuibles al contrato, sean o no específicamente reembolsables, pueden ser claramente identificados y medidos de forma fiable.
Existe una similitud entre el método devengado y avance de obra.

Una entidad revelará:

  • (a) el importe de los ingresos de actividades ordinarias del contrato reconocidos como tales en el periodo;
  • (b) los métodos utilizados para determinar la porción de ingreso de actividades ordinarias del contrato reconocido como tal en el periodo; y
  • (c) los métodos usados para determinar el grado de realización del contrato en curso.

Lee mas acerca de la NIC 11:

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