Los Libros Electrónicos
Hay dos formas o sistemas para llevar los Libros Electrónicos: desde el portal de la SUNAT, llamado SLE Portal y el segundo llamado Sistema PLE o Programa de Libros Electrónicos que se realiza desde los sistemas del contribuyente.
Es muy importante tomar conciencia, que hay libros electrónicos que ya son obligatorios para el universo de empresas de mayores ingresos en sus ventas (Registro de compras y de Ventas) y gradualmente seguirá aumentando la cantidad de usuarios obligados y sólo en casos de ingresos pequeños, esta forma de llevado electrónica será voluntaria y la podrán alternar con las otras dos formas: manual o computarizada.
A partir de enero de 2016, los usuarios de los sistemas de Libros electrónicos se sujetan al siguiente cronograma de aplicación:
Primer segmento: Los Principales Contribuyentes Nacionales incorporados por la SUNAT al sistema electrónico
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Libros Obligatorios de forma Electrónica
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Registro de Ventas y Registro de Compras |
Fecha de Inicio de uso |
Desde Enero de 2013 |
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Libros Diario y Mayor |
Desde Junio de 2013 | ||
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Libros de Inventarios y balances, Registro de costos y Registro de activos fijos |
Desde Enero de 2016 (El llevado es anual) | ||
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Registro de Consignaciones, Libro de Inventario Permanente de Unidades Físicas y Libro de Inventario Permanente valorizado |
Desde Enero de 2016 ( El llevado es mensual) |
Segundo segmento: Resto de contribuyentes ( Medianos y Pequeños Contribuyentes)
OBLIGADOS a llevar de forma electrónica el Registros de Compras y el Registro de Ventas, según volumen de ingresos se sujetan al siguiente cronograma :
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Registros obligatorios de forma electrónica |
Volumen de ingresos |
Fecha de inicio de uso |
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Registro de Compras y Registro de Ventas |
Ingresos mayores a 500 UIT (S/ 1 825,000 ) entre los meses de julio 2012 a junio 2013 |
Desde enero de 2014 |
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Ingresos mayores a 150 UIT (S/570,000) entre los meses de enero a diciembre de 2014 |
Desde enero de 2015 | |
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Ingresos mayores a 75 UIT (S/ 288,750) entre los meses de enero a diciembre de 2015 |
Desde enero de 2016 |
Tercer segmento
Los contribuyentes, afiliados al Programa de Libros Electrónicos (PLE) o los que generen sus libros ( Generadores ) desde el portal de la SUNAT, podrán llevar de forma VOLUNTARIA, el Registro de Ventas y Registro de Compras.
Fuente: SUNAT




























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