Efectos de la inflación en el balance general

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El estudio particular de la reexpresión de estados financieros, o como se define en la NIF B-10, “Efectos de la inflación”, dada su metodología específica, corresponde a estudios posteriores; a pesar de ello, es conveniente que desde este momento el alumno tenga presente la necesidad y trascendencia, que para la toma de decisiones del usuario reviste el reconocimiento de los efectos inflacionarios en los estados financieros.

En julio de 2007, el CINIF aprobó por unanimidad la emisión de la NIF B-10, “Efectos de la inflación”, para su publicación en agosto del mismo año, y su entrada en vigor a partir del 1 de enero de 2008.

Esta norma establece las reglas que deben observarse en el reconocimiento de los efectos de la inflación en la información fi nanciera. Se consideró que cuando en determinados periodos la inflación sea baja, es irrelevante su reconocimiento; sin embargo, cuando cambie el entorno económico, se necesita reconocer los efectos de la inflación, incluso de manera acumulativa, ya que, al no hacerlo, se desvirtuaría la información financiera. El CINIF estimó adecuado mantener la norma del reconocimiento de los efectos de la inflación.

De acuerdo con la NIF B-10, cuando la empresa se encuentre en un entorno inflacionario, es decir, igual o mayor que 26% acumulado en los tres ejercicios anuales anteriores (promedio anual de 8%) se deben reconocer los efectos de la inflación aplicando el método integral para presentar información financiera expresada en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general.

Si bien es cierto que el balance general debe mostrar los efectos de la inflación, también lo es que la NIF B-10 no requiere que se separen las cifras históricas de las cifras actualizadas, como vemos a manera de ejemplo en el párrafo siguiente:

Norma de presentación:

El párrafo 59 requiere que todas las partidas del balance general deben presentarse expresadas en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general. Por tanto, el efecto de reexpresión del inventario debe presentarse sumando a la cifra base, es decir, no deben separarse las cifras base de sus efectos de reexpresión. Por lo anterior, en esta ocasión no se ilustra un balance reexpresado, ya que es prácticamente igual a los mostrados en las figuras anteriores.

Fuente: Álvaro Javier Romero López

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