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Vacaciones laborales: ¿Cuántos días de mis vacaciones puedo vender a mi empleador?

Las vacaciones es un derecho laboral, pero la ley permite que las empresas puedan comprar o los trabajadores vender hasta 15 días de sus descansos, esta es una tendencia que parece elevarse en los últimos meses.

El promedio de días comprados es de una quincena, al menos hasta el tercer trimestre de este año, según señala la Sociedad Nacional de Industrias. Asimismo, dicha negociación se ha observado principalmente en las áreas de operarios y mandos medios de las empresas.

Pero, ¿en qué tipo de empresas? “En el sector confecciones, cuya demanda desde Estados Unidos mantiene a las fábricas al tope de su capacidad; en el sector de químicos, de minerales no metálicos y metálicos, el farmacéutico, también en bebidas, cuyo volumen ha crecido, y algo menos en el sector de alimentos”.

Tope máximo de vacaciones que se puede «vender»

La pandemia y sus consecuencias en el mundo laboral generaron un récord vacacional.

Por un lado, los trabajadores con comorbilidades y otras enfermedades preexistentes que mantienen la licencia con goce de haber siguen acumulando vacaciones; por otro, los colaboradores en actividades esenciales gozaron menos del descanso por la recarga laboral.

En cualquiera de estas situaciones, se generaron vacaciones truncas que la mayoría de empresas luego tuvo que indemnizar.

De acuerdo a las normas peruanas, los trabajadores que no disfruten del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquel en el que adquieren el derecho, percibirán: una remuneración por el trabajo realizado, una remuneración por el descanso vacacional adquirido y no gozado y una indemnización equivalente a una remuneración.

No obstante, hay también otro grupo de trabajadores que prefiere no acumular vacaciones ni gozarlas: negocia con sus empleadores la venta de dichos días.

De otro lado la actual situación en Perú, donde los ingresos son en su mayoría bajos, está empujando a más trabajadores de diversos grupos a vender sus vacaciones.

Cabe indicar que la ley establece que el tope máximo de vacaciones que el trabajador puede ‘vender’ son de 15 días; y será decisión de la empresa si acepta o no.

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