Se consideran trabajadores de construcción civil a todos aquellos que realicen labores propias de esta actividad. En el presente régimen se establecen tres (3) categorías: Operarios, Oficiales y Peones.
- CONSTRUCCION CIVIL – OPERARIOS
Son los albañiles, carpinteros, tierreros, pintores, electricistas, gasfiteros, plomeros, almaceneros, chóferes, mecánicos, operadores de mezcladoras de winchas y demás trabajadores calificados
- CONSTRUCCION CIVIL – OFICIALES
Son los trabajadores que realizan las mismas actividades que los operarios, pero en calidad de ayudantes o auxiliares. Los guardianes están considerados en esta categoría
- CONSTRUCCION CIVIL – PEONES
Son los trabajadores no calificados que se ocupan indistintamente de diversas tareas de la industria.
- APORTES DEL EMPLEADOR
– Aportes
– Sencico
– Seguro vida
– Essalud
– Sctr
Fuente: Revista de Consultoría
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