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Teletrabajo: Empleadores podrán pactar con sus trabajadores no pagar internet y luz

El reglamento publicado esta noche respecto a la nueva ley de teletrabajo brinda la opción a los empleadores de pactar con sus trabajadores a que este (su empleador) no asuma ninguno de los costos en lo que incurra el teletrabajador por el uso de internet y el consumo de la energía eléctrica.

Así lo específica el artículo 23.1 del reglamento la que indica a la letra -respecto a la compensación de gastos- que “cuando por acuerdo, el/la teletrabajador/a provee equipos, el servicio de acceso a internet y/o consumo de energía eléctrica, estos son compensados por el/la empleadora privado salvo pacto en contrario”.

Como se recuerda, la propuesta de reglamento de la nueva ley de teletrabajo -hecho público en diciembre- señalaba que los trabajadores no podrían asumir los costos del teletrabajo relacionados a los equipos, internet y electricidad, pese a que la ley misma no lo indicaba.

Sin embargo esta posición cambió en febrero de este año (tras la salida de Castillo y la asunción de un nuevo equipo ministerial).

¿Qué dice el Reglamento del Teletrabajo?

Equipos

Compensación

Cambio de modalidad

Desconexión Digital

Condiciones del lugar donde se realiza el teletrabajo

Cambio del lugar habitual del teletrabajo

Referencia:

Teletrabajo: Empleadores podrán pactar con sus trabajadores no pagar internet y luz| Gestión| https://gestion.pe/economia/management-empleo/teletrabajo-peru-desconexion-digital-pago-de-internet-pago-de-luz-trabajar-desde-casa-home-office-teletrabajo-empleadores-podran-pactar-con-sus-trabajadores-no-pagar-internet-y-luz-noticia/?ref=gesr

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