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¿Qué hacer en caso de que olvidé declarar la Planilla Electrónica?

Es obligación de todo empleador la presentación de las planillas (Plame) correspondientes a las remuneraciones que perciben todos sus colaboradores mediante el uso del aplicativo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

No obstante, se presentan determinadas circunstancias en las que se incumple esta obligación, y ello supone el riesgo añadido de que el empleador se vea sometido a una sanción administrativa.

De esta manera, el empleador en cuestión se ve involucrado y se enfrenta a una posible infracción que puede dar como resultado una multa.

Por su lado, el artículo 176 del Código Tributario establece que es considerada como infracción no presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos.

Para este caso, el importe de la multa se calcula en función del régimen tributario al que pertenezca la empresa. Así por ejemplo, si la empresa corresponde al nuevo régimen RUS, se le impondrá una multa equivalente al 0,6% de la UIT.

Además, tengamos en cuenta que:

El pago de las multas impuestas se puede efectuar a través del formulario de la guía de «pagos varios» de la Sunat.

Así, por ejemplo tenemos lo siguiente:

Finalmente, conviene destacar que a estos impuestos omitidos se deben añadir los intereses de morosidad.

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