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PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES EN EL SECTOR MINERO

La participación en las utilidades es un derecho laboral que permite a los trabajadores acceder a una parte de las ganancias netas generadas por la empresa. En el sector minero, este beneficio adquiere una especial relevancia debido a la alta rentabilidad de muchas empresas en esta industria. A continuación, se detalla el marco legal, la finalidad y los criterios de distribución de las utilidades en este sector.

Marco Legal

Este derecho se encuentra reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, el cual establece que los trabajadores deben recibir una participación en las utilidades netas de la empresa. Además, existen normativas específicas que regulan este beneficio:

Finalidad de la Participación de Utilidades

El objetivo principal de esta medida es fomentar la identificación de los trabajadores con la empresa y, como consecuencia, mejorar la productividad y eficiencia laboral. La participación en las utilidades no solo incentiva el esfuerzo de los trabajadores, sino que también permite compartir los beneficios del crecimiento empresarial.

Ámbito de Aplicación

Tienen derecho a participar en las utilidades los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada que presten servicios en empresas generadoras de rentas de tercera categoría, como lo establece el artículo 28º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. Entre estas actividades se incluyen:


Empresas Obligadas a Repartir Utilidades

Para que una empresa esté obligada a repartir utilidades, debe contar con más de 20 trabajadores y sus empleados deben estar contratados bajo:

Excepciones

No tienen derecho a la participación en utilidades:

Determinación del Número Mínimo de Trabajadores

Para determinar si una empresa tiene más de 20 trabajadores, se realiza el siguiente cálculo:

Criterios para la Distribución del Porcentaje de Utilidades

El porcentaje de utilidades a repartir se distribuye de la siguiente manera:

A) 50% en Función a los Días Laborados

B) 50% en Proporción a la Remuneración

Límite de Participación

Cada trabajador podrá recibir como máximo hasta 18 remuneraciones mensuales, calculadas con base en la remuneración vigente al cierre del ejercicio.

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