A través del Decreto Supremo 003-2023-TR, modifican el Decreto que fija la asignación familiar para trabajadores de la actividad privada para que trabajadores con hijos mayores de 18 años con discapacidad reciban asignación familiar.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el reglamento de la Ley que regula el otorgamiento de la asignación familiar.
La autoridad de Trabajo, de este modo, procedió con adecuar el reglamento a la modificación dispuesta por la Ley Nº 31600, que extendió este beneficio a los trabajadores con uno o más hijos, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada, salvo que perciban la pensión no contributiva por discapacidad severa establecida por la Ley Nº 29973.
La norma también señala que los trabajadores tienen derecho a percibir dicha asignación familiar hasta que los hijos cumplan 18 años, salvo que estos se encuentren siguiendo estudios superiores o universitarios, en cuyo caso dicho beneficio se ampliará hasta la culminación de los mismos por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.
Modificación del articulo 6 del D.S. Nro 035-90-TR
Modificar el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR, Fijan la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, el que queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 6.- Los/las trabajadores/as tienen derecho a percibir dicha asignación familiar hasta que los/las hijos/as cumplan dieciocho años de edad, salvo que estos/as se encuentren efectuando estudios superiores o universitarios, en cuyo caso se extiende este beneficio hasta la culminación de los mismos, por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.
Asimismo, tienen derecho a percibir esta asignación los/las trabajadores/as que tengan uno/a o más hijos/as, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa establecida por la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
De esta forma, la norma suscrita por el titular de Trabajo, Alfonso Adrianzén Ojeda, modificó el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR.
Por lo tanto, corresponderá la asignación familiar para trabajadores con hijos mayores de 18 años con discapacidad severa, señala un informe del Estudio Benites, Vargas & Ugaz Abogados.
Referencia:
MTPE: Norma Asignación Familiar en beneficio para trabajadores con hijos con discapacidad severa| El Peruano| https://www.elperuano.pe/noticia/206739-mas-beneficios-a-trabajadores