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Gratificación de julio 2025: No solo los afiliados a EsSalud, los que tienen EPS también recibirán un bono adicional.

Empleadores del sector privado deben cumplir con el abono de gratificaciones a sus trabajadores antes de la fecha límite, advierte Sunafil, tras miles de denuncias por incumplimiento en años anteriores.

La proximidad del 15 de julio, fecha límite para el pago de la gratificación por parte de los empleadores del régimen privado, ha motivado a la Sunafil a recordar la obligatoriedad de este beneficio social.


La autoridad recuerda que el aporte del 9% que empleadores peruanos destinan a la seguridad social se distribuye de manera diferente según la afiliación del trabajador.

Quienes optan por una Entidad Prestadora de Salud (EPS) reciben una bonificación extraordinaria del 6,75% de la gratificación, mientras que los afiliados solo a EsSalud perciben el 9%.

Esta diferencia permite a los trabajadores acceder a clínicas privadas sin perder la cobertura del seguro social, aunque ambos sistemas presentan particularidades en sus servicios, refiere la Sunafil.

Sunafil exige pago de gratificaciones antes del 15 de julio

Sunafil explica que el incumplimiento puede derivar en sanciones económicas, y la entidad ha reportado 6.486 denuncias por falta de pago de gratificaciones en los meses de julio y diciembre del año anterior.

Las inspecciones en Lima Metropolitana, Arequipa y La Libertad, regiones con mayor incidencia de casos, y los sectores más afectados han sido servicios inmobiliarios, comercio y transportes.

¿Cómo se calcula la gratificación de julio del 2025?

El cálculo de la gratificación depende del tiempo laborado durante el semestre. Quienes hayan trabajado desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2025 recibirán una gratificación equivalente a una remuneración mensual íntegra.

Para quienes no hayan laborado el semestre completo, el monto se determina en proporción a los meses calendarios completos trabajados, a razón de 1/6 de la remuneración computable por cada mes.

Si un trabajador ingresó el 3 de marzo de 2025, su gratificación corresponderá a 3/6 de la remuneración computable (por los meses de abril a junio), marzo no se considera al no haberse laborado el mes completo.

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