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Factura Electrónica

¿Qué es la factura?

Es uno de los comprobantes de pago emitidas por el vendedor o prestador de servicios que generen rentas de Tercera Categoría, de acuerdo con el Impuesto a la Renta.
De acuerdo al Reglamento de Comprobante de Pago, la factura se emitirá en los siguientes casos:

Requisitos mínimos de la factura

De acuerdo al artículo 8 del Reglamento de Comprobante de pago, los requisitos mínimos de la factura son:

Información impresa:

  1. Datos de identificación del obligado:
  2. Apellidos y nombres, o denominación o razón social. Adicionalmente, los contribuyentes que generen rentas de tercera categoría deberán consignar su nombre comercial, si lo tuvieran.
  3. Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión.
  4. Número de RUC.
  5. Denominación del comprobante: FACTURA.
  6. Numeración: Serie y número correlativo.
  7. Datos de la imprenta o empresa gráfica que efectuó la impresión: Número de RUC y fecha de impresión.
  8. Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT, el cual se consignará conjuntamente con los datos de la imprenta o empresa gráfica.
  9. Destino del original y copias:

-En el original: ADQUIRENTE o USUARIO.

-En la primera copia: EMISOR.

-En la segunda copia: SUNAT.

-En la tercera copia: Copia transferible-No válida para Efectos Tributarios “Factura Negociable”.

Ésta última copia es exigida por la Ley N° 29623 la cual promueve el financiamiento a través de la factura comercial. Dicha ley establece la factura negociable como un nuevo título valor que puede: transferirse a terceros, cobrarse, protestarse o ejecutarse en caso de incumplimiento. Tiene anverso y reverso, y debe tener las características y requisitos previstos en la ley y sus normas reglamentarias.

Información no necesariamente impresa

  1. Apellidos y nombres, o denominación o razón social del adquirente o usuario.
  2. N° de RUC del adquirente o usuario, excepto en las operaciones de exportación, de servicios de comisión mercantil en la compra de bienes nacionales o nacionalizados.
  3. Bien vendido o cedido en uso, descripción o tipo de servicio prestado, indicando la cantidad, unidad de medida, número de serie y/o número de motor, si se trata de un bien identificable, al momento de la emisión del comprobante, caso contrario se consignará al momento de la entrega del bien.
  4. Precios unitarios de los bienes vendidos o importe de la cesión en uso, o servicios prestados.
  5. Valor de venta de los bienes vendidos, importe de la cesión en uso o del servicio prestado, sin incluir los tributos que afecten la operación ni otros cargos adicionales si los hubiere.
  6. Monto discriminado de los tributos que gravan la operación y otros cargos adicionales, en su caso, indicando el nombre del tributo y/o concepto y la tasa respectiva, salvo que se trate de una operación gravada con el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado.
  7. Importe total de la venta, de la cesión en uso o del servicio prestado, expresado numérica y literalmente. Cada factura debe ser totalizada y cerrada independientemente.
  8. N° de las guías de remisión, o de cualquier otro documento relacionado con la operación que se factura, incluyendo los documentos auxiliares creados para la implementación y control del beneficio establecido por el Decreto Legislativo N° 919.
  9. Fecha de emisión.
  10. Código de autorización emitido por el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP) aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG N° 048-2003-OS/CD, en la venta de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos que realicen los sujetos comprendidos dentro de los alcances de dicho sistema.
  11. En la venta al público de combustible para vehículos automotores: el número de placa del vehículo automotor, cuando se despache el combustible directamente al tanque de dicho vehículo.
  12. En la prestación de servicios de mantenimiento, seguros, reparación y similares para vehículos automotores: el número de placa del vehículo automotor respectivo.

Características de la factura

La factura debe contar con las siguientes características:

Sobre la emisión y archivo de la factura…

La emisión y archivo de la factura se sujetará a lo siguiente:

Factura electrónica

La factura electrónica, es el comprobante de pago, que equivale a la factura física con la diferencia de que se genera a través del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) en SUNAT Operaciones en Línea – SOL, para ello debe contar con código de usuario y clave de acceso, conocida como CLAVE SOL.

Características de la factura electrónica :

Requisitos para ser emisor electrónico

El contribuyente que desee emitir factura electrónica desde el portal de SUNAT, deberá:

¿Cómo emitir factura electrónica desde el portal de SUNAT?

Para emitir factura electrónica, el contribuyente debe ingresar con su Clave SOL a SUNAT Operaciones en Línea, rubro trámites y consultas, allí ubicar el modulo Comprobantes de Pago / Sistemas de Emisión Electrónica desde SOL y seleccionar el desplegable factura electrónica, ingresar la información requerida en los campos solicitados para generar dicho documento.
Es preciso señalar que en el portal se podrá realizar una vista previa antes de emitir una factura electrónica.

Si la transferencia es pactado por Internet, teléfono, telefax u otros medios similares, en los que el pago se efectúe mediante tarjeta de crédito o de débito y/o abono en cuenta con anterioridad a la entrega del bien, la factura electrónica deberá emitirse en la fecha en que se reciba la conformidad de la operación por parte del administrador del medio de pago o se perciba el ingreso, según sea el caso.

Conservación de la factura electrónica

El almacenamiento, archivo y conservación de la factura electrónica, está a cargo de la SUNAT a través de Sistema en sustitución del emisor electrónico y del adquiriente.

¿Se puede rechazar una factura electrónica?

Sí, quien recibe la factura electrónica puede rechazarla a través del sistema hasta el noveno día hábil del mes siguiente de su emisión si quien recibe no es el adquiriente o se ha consignado una descripción que no corresponde a la operación.

Consulta factura electrónica

La Administración Tributaria, ha puesto a disposición de los contribuyentes consultas de información de la factura electrónica, para ello debe tener en cuenta lo siguiente:

-Consulta factura electrónica sin Clave SOL:

La consulta de validez de facturas electrónicas, está a disposición del público en general, a través del portal SUNAT/ Opciones sin Clave SOL, mediante el cual sólo se indicará que determinada facturas electrónicas han sido informadas a SUNAT. Para ello el sistema solicitará determinada información del comprobante de pago.

-Consulta factura electrónica con Clave SOL:

Habilitado  para los usuarios emisores o receptores que cuenten con Clave SOL a través del cual podrán consultar las facturas electrónicas o cualquier comprobante de pago.

Sistema de facturación electrónica “Facturador SUNAT”

El facturador SUNAT, es un sistema de facturación electrónica gratuita, que se descarga desde el portal de la Administración Tributaria. Este sistema está dirigido principalmente a medianos y pequeños contribuyentes que cuentan con sistemas computarizados y tienen un alto volumen de facturación.

Características del sistema de facturación electrónica “Facturador SUNAT”

Desde el sistema de facturación electrónica también pueden emitirse: boletas de venta, notas de crédito y de débito, los cuales se enviarán a SUNAT en forma automática o a indicación del usuario.

Requisitos para ser emisor electrónico

Para poder emitir factura electrónica u otro comprobante de pago desde el sistema de facturación electrónica desde el “Facturador SUNAT”, se debe contar con los siguientes requisitos:

Si usted elige ser emisor electrónico, deberá indicarlo a través de SUNAT Operaciones en Línea e indicar que desea serlo y registrar lo siguiente:

Finalmente, deberá descargar e instalar la aplicación “Sistema Facturador Sunat” desde el portal, considerando las siguientes especificaciones técnicas:
-Tener instalado JDK 1.8
-Tener cargada (o crear) la variable de entorno JAVA_HOME=[Ruta al directorio de instalación del JDK]
-Incluir en el Path, la ruta al bin del JAVA_HOME, PATH=%JAVA_HOME%\bin;$PATH
-Descargar los archivos Jetty.zip y data.zip.

Luego de ello, ingresar al sistema de facturación electrónica “Facturador Sunat “y seguir las instrucciones que esta señale para convertir el archivo plano en uno con formato digital para que se proceda a la emisión respectiva de los comprobantes de pago.

Sistema de facturación electrónica- Desde los sistemas del contribuyente

La factura electrónica emitida desde el sistema de facturación del contribuyente permite la sustentación del costo-gasto para efectos del Impuesto a la Renta, así como la utilización del crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas.

Características del sistema de facturación electrónica

Para emitir factura electrónica, no necesita ingresar a la web de la SUNAT.

Requisitos para ser emisor electrónico

Para que el contribuyente pueda emitir factura electrónica u otro comprobante de pago desde su sistema de facturación electrónica, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

¿Cómo emitir factura electrónica desde el sistema de facturación del contribuyente?

El contribuyente deberá seguir los siguientes pasos para emitir factura electrónica desde su sistema de facturación:

Datos Adicionales

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