Icono del sitio Laboral

Trabajadoras del hogar: Este sábado 30 de marzo tienen derecho al feriado no laborable y remunerado

Este sábado 30 de marzo, se considera como día no laborable y remunerado para las trabajadores del hogar por el «Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar», así que si eres trabajadora del hogar, entérate de los beneficios laborales que se puede obtener según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Asimismo, cuál es el sueldo, las modalidades, excepciones y sobre como inscribir a tu trabajador del hogar si eres empleador.

Base legal:

Artículo 11° de la Ley Nº 31047

Se menciona que los trabajadores tienen derecho a descansar en esa fecha,

De acuerdo con la Ley Nº 31047, se encuentran comprendidas en su ámbito de aplicación aquellas personas que:

Para el caso de las personas trabajadoras del hogar que presten servicios con residencia en el domicilio de la persona empleadora, los períodos durante los cuales no disponen libremente de su tiempo y permanecen a disposición del hogar son considerados horas de trabajo.

Dato:

Precisamente, en cumplimiento de la Ley N° 31047, que conmemora el 30 de marzo la lucha de estos trabajadores por el respeto a sus derechos laborales, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) organizó la feria «Promoción de los derechos de los trabajadores y trabajadoras del hogar”, una iniciativa que se presenta como un espacio de diálogo y acciones conjuntas para promover y defender los derechos de este sector, en un contexto donde aún persisten desafíos en su protección laboral.

A la fecha, el MTPE cuenta con una plataforma web que permite a los empleadores registrar los datos y contratos de las personas que realizan labores domésticas en sus hogares, fomentando así la formalización laboral en el sector.

Te recomendamos:

Observa este video para conocer mas acerca de nuestro programa de especialización en gestión tributaria:

¿Te gustó éste artículo? Déjanos tus comentarios.

Comentarios