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¿Cómo realizar la Carga Inicial al T-REGISTRO?

En un primer momento, como ejemplo la SUNAT realizó la carga inicial de Empleadores, Trabajadores, Pensionistas, Personal en formación laboral y personal de terceros. Para tal efecto se tuvo en cuenta lo siguiente:

Verificarla información de carga inicial incorporada por SUNAT al T-REGISTRO

El empleador debe verificar la información de carga inicial, a fin de que proceda la baja, modificación/actualización o de ser necesario, a completar algún dato faltante.

Asimismo, dará de alta (antes del vencimiento o presentación del PDT Planilla Electrónica –PLAME) a aquellos sujetos cuyo vínculo se haya iniciado antes del 01.08.2011 y/o hayan sido inscritos en el registro, siempre que el vínculo se mantenga vigente.

Casos en que pudieran no haberse inscritos: 

Inscripción del empleador y sujetos a cargo del empleador.

El Art. 4-A del D.S. N.° 018-2007-TR  y normas modificatorias señala los plazos en que el empleador debe realizar el alta, baja, modificación en el T-REGISTRO.

Entrega de Constancia al trabajador

El Art. 4-A del D.S. N.° 018-2007-TR y normas modificatorias señala que el empleador deberá entregar a lostrabajadores y P.S. 4ta-5ta Categoría, la  constancia de alta, modificación o actualización que se efectúe en el T-Registro, de acuerdo a los siguientes plazos:

Actualizar los datos de empleador en el RUC

El Art. 3° de la R.M. N.° 121-2011-TR, establece que los empleadores deben mantener actualizada su información en el RUC, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el D.S. N° 18-2007-TR y normas modificatorias.

Los datos tomados del RUC son:  domicilio fiscal, establecimientos anexos y nombre o razón social.

EL PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N° 0601 – Versión 3.6.

La nueva versión 3.6 del PDT PLAME, incorpora, entre otros aspectos:

  1. El valor de la UIT para el año 2019.
  2. Determinados beneficios de los trabajadores cuya información debe registrarse de manera estandarizada.
  3. Actualización de los Anexos 1 (información de la planilla electrónica) y 3 (estructura de los archivos de importación) de la Planilla Electrónica, aprobados por Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, con la finalidad de adecuarlos a la normativa vigente sobre documentos que identifican a los extranjeros.

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