
Cómo registrar la CTS Según la NIC 19: Guía para Empresas
El Art 2° de la Ley, nos menciona que su devengo se realiza desde el primer mes y que su pago es semestralmente. Como todos sabemos, las fechas de pago son; El 15 de Mayo y 15 de Noviembre de cada año.
Según lo mencionado lineas arriba; para el Registro de la CTS ¿Es correcto hacer un asiento en el mes de Mayo y otro en el mes de Noviembre de cada año?
En la “realidad” muchos recurrimos a esta practica. Déjame decirte que esta práctica no es la correcta, ya que viola uno de los principios contables: El Devengado.
¿Qué nos menciona la NIC 19 sobre las CTS?
Bien, para comenzar, la NIC 19 llamada “Beneficios a los Empleados”, prescribe el tratamiento contable de TODOS los beneficios que reciben los empleados; es decir, no solo habla de las CTS.
Ahora, déjame aclararte algo, la NIC 19, no menciona específicamente a las CTS, pero hace una clasificación de los beneficios, los cuales son: (Párrafo 5)
a) Beneficios a Corto plazo.- Se esperan liquidar antes de los 12 meses.
b) Beneficios post empleo.- Se liquidan después de terminada la relación laboral.
c) Otros beneficios a largo plazo.- Se esperan liquidar después de los 12 meses.
d) Beneficios por terminación.
Ahora te preguntarás ¿Dónde encajan las CTS?
Teniendo en cuenta nuestra Legislación Laboral (Ley de la CTS), podemos ver que el devengo es en forma mensual, diario en caso de que sea proporcional (treintavos) y su liquidación o pago, se realiza en forma semestral (cada 6 meses). Por tanto podemos clasificarla como “Beneficios de los empleados a Corto Plazo”.
¿Cuál es el tratamiento Contable que prescribe la NIC 19?
Según el Párrafo 11 de la NIC 19, la empresa deberá reconocer el importe a pagar, como un Pasivo y como un Gasto en la medida que el trabajador haya prestado sus servicios, es decir; conforme adquiera el derecho a percibir el beneficio.
Teniendo en cuenta que el trabajador tiene derecho al beneficio por CTS desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral, es a partir de ese momento que la empresa debe reconocer mensualmente la obligación mediante un asiento de provisión.
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