
Bonificaciones del Régimen Laboral de Construcción Civil
Las bonificaciones concedidas a los trabajadores bajo el régimen de construcción civil constituyen un conjunto de beneficios específicos cuidadosamente diseñados para hacer frente a las condiciones y riesgos particulares inherentes a la labor de cada trabajador.
El régimen de construcción civil se caracteriza por ser un régimen especial en el cual los trabajadores adquieren derechos y beneficios mediante la negociación colectiva. No obstante, en ciertos casos, se aplican de forma complementaria las disposiciones establecidas en las normas del régimen general, siempre y cuando sean pertinentes.
Los trabajadores que pertenecen al régimen de construcción civil bonificaciones, tales como:
Bonificación Unificada de Construcción (BUC)
Comprende varias bonificaciones, como compensación por desgaste de herramientas y ropa, por alimentación, por falta de agua potable y por especialización para operarios. Esta bonificación se otorga diariamente como un porcentaje del jornal básico, distribuido de la siguiente manera:
- Operario: 32% del jornal básico por día trabajado.
- Oficial: 30% del jornal básico por día trabajado.
- Peón: 30% del jornal básico por día trabajado.
Es importante tener en cuenta que esta bonificación no se considera en el cálculo de gratificaciones, asignación escolar, compensación vacacional ni indemnización por tiempo de servicios según el convenio colectivo para el periodo 2022-2023.
Bonificación por Alta Especialización
Los operarios especializados con certificación del empleador, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (Sencico) u otro centro autorizado tienen derecho a esta bonificación, pagada de la siguiente manera:
- Operario Operador de Equipo Mediano: 8% del jornal básico.
- Operario Topógrafo: 9% del jornal básico.
- Operario Operador de Equipo Pesado: 10% del jornal básico.
- Operario Operador Electromecánico: 15% del jornal básico.
- Operario Soldador Homologado 6G: 18% del jornal básico.
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Si una una empresa paga montos superiores por concepto de bonificación por alta especialización, se mantendrá dicha bonificación, además esta bonificación se abona por día laborado en la jornada semanal obligatoria, excluyendo los domingos, feriados o descanso semanal obligatorio. Además, no se computa para el pago de beneficios sociales ni para la indemnización por tiempo de servicios ni vacaciones
Bonificación por Movilidad
Esta bonificación, aplicable a nivel nacional para los trabajadores de construcción civil, tiene como objetivo cubrir los gastos de desplazamiento tanto urbano como interurbano desde el hogar hasta el lugar de trabajo y viceversa. El monto es fijo para las tres categorías y se otorga por día trabajado:
- Operario: S/ 8.00
- Oficial: S/ 8.00
- Peón: S/ 8.00
Es importante mencionar que esta bonificación no se considera en el cálculo de beneficios sociales.
Bonificación por Movilidad en Domingos y Feriados
Los trabajadores que desempeñen labores los domingos o feriados reciben una bonificación de S/ 5.00. Esta bonificación se otorga por día laborado, excluyendo a los trabajadores que residen en campamentos y reciben transporte del empleador al inicio y final de las jornadas laborales.
Bonificación por Contacto con el Agua
Se paga el 20% del jornal básico como bonificación a los trabajadores que realizan labores en contacto directo con el agua, como aquellas efectuadas en inundaciones, ríos, lagos, represas, entre otros.
Bonificación por Contacto con Aguas Servidas
Los trabajadores que laboran en contacto directo con aguas servidas en sistemas de alcantarillado reciben una bonificación equivalente al 20% del jornal básico.
Bonificación por Altura
Se otorga una bonificación del 7% sobre el jornal básico a los trabajadores de construcción civil que realizan labores en el exterior de una obra, incluyendo tareas como revestimiento de fachadas, trabajos en andamios, revoques, cimentación, entre otros.
Bonificación por Altitud
Para trabajadores que laboran a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar, se concede una bonificación de S/ 2.50 por día laborado. Esta bonificación no se considera para el pago de beneficios sociales.
Bonificación por Riesgo de Trabajo Bajo la Cota Cero
Se paga S/ 1.90 diarios a trabajadores que laboren a un nivel menor al segundo sótano o cinco metros bajo la cota cero. Esta bonificación se mantiene hasta la conclusión de la obra de estructura al nivel indicado.
Bonificación por Turno Noche
Los trabajadores que laboran en el turno noche, entre las 11:00 p.m. y las 6:00 a.m., reciben una bonificación del 25% sobre el jornal básico. Se debe proporcionar un refrigerio que incluya dos sándwiches y ½ litro de leche.
Bonificación por Contacto con Agentes Químicos/Altas Temperaturas e Infraestructura Vial
Se concede una bonificación de S/ 3.50 por día trabajado a los trabajadores de construcción civil que laboran en contacto con agentes químicos y altas temperaturas, destinada a la compra de una bebida rehidratante.
Estas bonificaciones, abarcan desde aspectos de movilidad hasta condiciones ambientales adversas, están fundamentadas en normativas y convenios colectivos que buscan reconocer y compensar adecuadamente a los trabajadores por su contribución y exposición a situaciones especiales.
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