¿Una factura puede estar afecta a retención y detracción?

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Consulta

El señor Juan, representante legal de la empresa ABC SAC (designada como agente de retención), dedicada a la producción de muebles de madera, nos indica que para el mes de noviembre la empresa tiene proyectado la compra de madera por un importe de S/ 10,000.00. Además, nos señala que tiene entendido que la adquisición de madera está sujeta al SPOT.

Al respecto, el señor Juan nos consulta lo siguiente:

a) ¿Se debe retener, detraer o realizar ambos a la vez?

Respuesta

Conceptos previos

El Sistema de Pago de Obligaciones tributarias con el Gobierno Central (SPOT) conocido como el sistema detracciones, regulado mediante Decreto Legislativo N.° 940 y normas reglamentarias, tiene como finalidad detraer una parte del importe a pagar por usuarios o adquirentes de ciertos determinados bienes y servicios, y depositarlo en una cuenta del Banco de la Nación a nombre del proveedor, para que este último pueda utilizarlo para el pago de sus deudas tributarias administrados y/o recaudados por la Sunat.

En ese mismo sentido, el artículo 5 de la Resolución de Superintendencia N.° 037-2002-Sunat, señala:

Artículo 5. Operaciones excluidas de la retención

No se efectuará la retención del IGV a que se refiere la presente resolución, en las operaciones:

[…]

f) En las cuales opere el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central a que se refiere el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.º 940, aprobado por el Decreto Supremo N.º 155-2004-EF.( El subrayado es nuestro)

[…]

Es así que en atención a la consulta, el agente de retención deberá abstenerse de realizar la retención y hacer efectiva la detracción por ser la madera un bien sujeto al SPOT.

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