LAS SUCURSALES COMO CONTRIBUYENTES DEL IGV
(DECRETO LEGISLATIVO N. ° 1395)
Publicación: 06.09.2018
Vigencia: 01.10.2018
Modificación del numeral 9.3 del artículo 9° Ley de IGV
También son contribuyentes del Impuesto la comunidad de bienes, los consorcios, Joint Ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que lleven contabilidad independiente, de acuerdo con las normas que señale el Reglamento; así como las sucursales, agencias o cualquier otro establecimiento permanente en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior, considerados como tales de acuerdo con las normas del Impuesto a la Renta.
APLICACIÓN DE LA PRORRATA
(DECRETO LEGISLATIVO N. ° 1395)
Publicación: 06.09.2018
Vigencia: 01.10.2018
Novedades:
– Se eleva a Ley lo establecido en el reglamento, confirmando la obligación de aplicar la prorrata en 12 meses.
– Se establece la obligación de contabilizar separadamente las adquisiciones destinadas a operaciones gravadas de las no gravadas.
– En caso de no poder hacer la discriminación del destino de la adquisición, se efectuará obligatoriamente el procedimiento de prorrata del reglamento.
PERFECCIONAMIENTO Y SIMPLIFICACIÓN A LOS RÉGIMENES ESPECIALES DE DEVOLUCIÓN DEL IGV
(DECRETO LEGISLATIVO N. ° 1423)
Publicación: 13.09.2018
Vigencia: Primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del Decreto Supremo que modifique los reglamentos de los regímenes concernidos.
Novedades:
– Celeridad en el otorgamiento del régimen. Actualmente demora su celebración (251 días hábiles en promedio) – Eliminación del Contrato de Inversión.
– Limitación de servicios susceptibles de considerarse en el Régimen en función al CIIU. Para que solo se obtenga respecto de servicios necesarios en la ejecución de la etapa pre productiva.
– Recojo de las causales de goce indebido en la Ley. Actualmente están en el modelo de contrato de inversión que ya no existirá.
INCORPORACIÓN COMO CONTRIBUYENTES DEL ISC A LOS JUEGOS DE CASINO Y MÁQUINAS TRAGAMONEDAS
(DECRETO LEGISLATIVO N. ° 1419)
Publicación: 13.09.2018
Vigencia: 01.01.2019
Razones para gravarlo:
– No es neutral, dado que otros juegos de azar (loterías, bingos, rifas, sorteos y eventos hípicos) soportan el ISC.
– Internalizar las externalidades negativas que genera el juego.
Fuente: SUNAT
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Inicia: Sabado 27 de Abril
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