Sunat amplía los obligados a facturas electrónicas

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Desde el 1 de agosto, más de 20,000 contribuyentes, principalmente de los sectores hoteles y restaurantes, deberán transitar al uso obligado del nuevo sistema de comprobantes electrónicos.

De acuerdo con la Sunat, una de las condiciones para la imposición de esta medida es que los usuarios citados hubieran registrado ingresos mayores o iguales a 150 UIT hasta diciembre del 2016.

Por tanto, si el proveedor de un servicio o bien obligado a emitir comprobantes electrónicos imprime uno físico, este no tendrá validez tributaria tanto para el emisor como para el comprador.

La Sunat recuerda que la no emisión de un comprobante de pago impreso puede conllevar a una sanción de hasta 1 UIT o cierre del local por 10 días. Mientras que, en el caso de uno electrónico, siendo un contribuyente obligado, la sanción podrá ascender hasta 50% de la UIT o al cierre de hasta 10 días, dependiendo del régimen tributario del contribuyente.

En ambos la sanción se aplica por cada verificación y son efectivas a los criterios de gradualidad vigentes.

Información

Para mayor información, los interesados podrán ingresar al módulo: http://obligados-cpe.sunat.gob.pe, a fin de verificar la obligación del proveedor mediante la anotación del número del Registro Único del Contribuyente.

Fuente: elperuano.pe

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