También se amplía la lista de servicios profesionales que trabajadores pueden deducir como gastos, informó el MEF.
La Ley del Impuesto a la Renta (IR) fue modificada en cuanto a las deducciones de gastos de personas naturales, incluyendo como nuevos gastos que los trabajadores pueden deducir de sus rentas del trabajo, el 15% de la contraprestación y el IGV pagado por servicios prestados por restaurantes, bares, cantinas y hoteles.
A partir del 2019, los restaurantes, bares, cantinas y hoteles deberán emitir comprobantes electrónicos y así la Sunat registrará en tiempo real el recibo y automáticamente será considerado como gasto para la deducción correspondiente a fin año.
“Ahora será mucho más sencillo deducir los gastos que realizan los trabajadores que pagan impuesto a la renta, además de generarse el incentivo para que las personas soliciten sus recibos para poder deducirlo. Estas medidas son parte de las acciones que venimos tomando para aumentar la formalización y reducir la evasión y la elusión tributaria”, dijo Carlos Oliva, ministro de Economía.
Además, se amplía la lista de servicios de profesionales u oficios que pueden ser deducidos como gastos para el pago del Impuesto a la Renta y así todos los servicios profesionales u oficios podrán ser deducibles.
Dato
Según el Ministerio de Economía y Finanzas, alrededor de dos millones de trabajadores se podrán beneficiar de la deducción de gastos, con lo que se promueve la formalización.
Fuente: larepublica.pe
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