Artículo 1.- Oficializan la aplicación la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF PYMES)
Artículo 3.- La NIIF PYME entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2011.
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/Libro3/niif/NIIF_PYMES.pdf
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/niif_pymes/niif_pymes.htm
En julio de 2009, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES). La NIIF para las PYMES tiene como objeto aplicarse a los estados financieros con propósito de información general de entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas.
Las entidades que tienen obligación pública de rendir cuentas, y que por lo tanto, se encuentran fuera del alcance de la NIIF para las PYMES, abarcan aquellas entidades cuyas acciones o cuyos instrumentos de pasivo se negocian en el mercado público, bancos, cooperativas de crédito, intermediarios de bolsa, fondos de inversión y compañías de seguros.
En muchos países, a las entidades que no tienen obligación pública de rendir cuentas se las denomina de distinta forma, entre ellas, entidades no cotizadas y entidades sin obligación pública de rendir cuentas.
Alan Emilio
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Muy buenos días Señor Alan, usted realiza muy buenos aportes al foro.
Gracias
Gracias Micaela
Esto significa facilitar la aplicacion de la Normas contables dirigidas a pequeñas y medianas empresas en la presentacion de la informacion a revelar refiriendose a las transacciones fiancieras, esperemos que se logre menores esfuerzos en la preparacion de informacion financiera y mayores ahorros en los costos
Esperemos que cumpla ese objetivo
Coincidimos con usted estimado Alfredo