¿Quiénes deben declarar y pagar el Impuesto a la Renta 2019?

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Más de 1 millón 200 mil contribuyentes en todo el país deberán cumplir con la Declaración del Impuesto a la Renta 2019.

Entre el miércoles 25 de marzo al miércoles 8 de abril del 2020, más de 1 millón 200 mil contribuyentes deberán cumplir ante la Sunat con la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2019 de acuerdo con el último dígito del RUC, según la prepublicación del proyecto de resolución de la entidad tributaria.

¿Quiénes pagan impuesto?

El Impuesto a la Renta debe declararse anualmente de acuerdo con los plazos, formatos y otros medios que cada año establece la Administración Tributaria, explicó EY Perú.Ads by scrollerads.com

Los contribuyentes obligados son por un lado las empresas y otros perceptores de Rentas de Tercera Categoría (rentas de negocios); y de otro lado, las personas naturales que obtengan rentas diferentes a las de Tercera Categoría (rentas de capital, de trabajo dependiente e independiente y otras), en los casos que específicamente lo indique la Sunat.

La especialista en derecho tributario del estudio Payet, Lisset López, agregó que dado que a partir de este año ya no aplica la deducción de gastos por intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda.La presentaciónLópez del estudio Payet refirió que la Sunat prepublicó tanto el cronograma de vencimientos para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019 como del Impuesto a las Transacciones Financieras del mismo año es en función al último dígito del RUC.

«Ya no deberán presentar la declaración jurada aquellos sujetos que percibiendo rentas de rentas de cuarta y/o quinta categoría (o exclusivamente de quinta categoría) atribuyan gastos por intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda a sus cónyuges, concubinos o copropietarios; o aquellos que determinen saldo a su favor por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distinto a los créditos de MiVivienda y Techo Propio», comentó la tributarista del estudio Payet.

EY Perú resalta que de acuerdo al proyecto se mantienen como medios para reportar las rentas y el impuesto, los tradicionales formularios (PDT), así como los formularios virtuales.

«El formulario virtual era usualmente obligatorio para las personas naturales sin negocio, pero según el proyecto, a partir de este año, éste también debe ser usado de forma obligatoria por las empresas; quedando así el uso del PDT para casos de excepción. En los formularios virtuales la Sunat habilita la información que obra en sus sistemas sobre las rentas que cada contribuyente debe declarar», especifica EY Perú.

Están gravados

Los sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, utilidades, comisiones y en general toda retribución por los servicios subordinados, que deben constar en la planilla y boleta de pago.

No paga impuesto

Las indemnizaciones por despido arbitrario, las indemnizaciones por despido unilateral antes del vencimiento de los contratos a plazo fijo, los pagos de compensación por tiempo de servicios, la indemnización por vacaciones y los pagos por cese, por acuerdo individual o con el sindicato, destinadas a constituir empresas que le generen trabajo autónomo al trabajador cesado.

Fuente: rpp.pe

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