¿Qué depósitos cubre el Fondo de Seguro de Depósitos?

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El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) es una medida de seguro que cubre los ahorros que tiene la población ante una posible insolvencia de una entidad del sistema financiero peruano.

Para el periodo junio – agosto del presente año, la cobertura máxima del fondo equivale a S/ 121,900.00 Es preciso mencionar que este importe se actualiza de forma trimestral.

Depósitos que cubre el FSD

  • Depósitos en cuentas corrientes
  • Cuenta corriente sin movimiento
  • Certificado de Depósito no negociables vencidos
  • Otros depósitos del público vencidos
  • Retenciones judiciales a disposición
  • Depósitos judiciales y administrativos
  • Depósitos de ahorro activos
  • Certificados de depósitos no negociables
  • Cuentas a plazo
  • Otras obligaciones por cuentas a plazo
  • Depósitos en garantía
  • Depósitos para planes progresivos
  • Depósitos CTS
  • Obligaciones con el público restringidas
  • Depósitos de ahorro inactivos

¿Qué depósitos no se encuentran asegurados?

El FSD por su parte no cubre aquellos depósitos donde los titulares sean:

  • Personas que en los 2 años previos a la declaratoria de disolución y liquidación de la empresa integrante del FSD, han ejercido el cargo de director o gerente de la misma.
  • Personas que forman parte de los grupos económicos con participación de más del 4% en el capital de la sociedad adherida al FSD cuando se declare la disolución y liquidación, siempre y cuando hayan participado de forma directa o indirecta en su gestión.
  • Personas vinculadas a la empresa, sus accionistas, personal de dirección y de confianza, que al momento de su disolución y liquidación tengan tal condición.
  • Depósitos procedentes de otras empresas del sistema financiero nacional o de sus homólogas extranjeras.

¿En qué entidades se encuentran asegurados mis depósitos?

Se exige que todas las empresas del sistema financiero que están autorizadas a captar depósitos del público pertenezcan al FSD. Dichas empresas son:

  • Bancos
  • Cajas municipales de ahorro y crédito
  • Cajas rurales de ahorro y crédito
  • Cajas municipales de crédito popular
  • Empresas financieras

Se garantiza el depósito en una empresa miembro del FSD únicamente si la empresa ha efectuado sus aportaciones al FSD por un período de 24 meses.

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