Prorrogan exoneraciones tributarias a instituciones religiosas y asociaciones sin fines de lucro hasta el 2023

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Congreso de la República promulgó ley que modifica el artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado mediante el Decreto Supremo 179-2004-EF, a fin de prorrogar las exoneraciones contenidas en el mencionado artículo. Conoce más sobre esta medida en la siguiente nota.

Congreso prorroga hasta diciembre del 2023 las de exoneraciones tributarias contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, Decreto Supremo N° 179-2004-EF. La modificación se hizo a través de la Ley N.º 31106, publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre del 2020.

Como se recuerda, el artículo 19 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta establece que las sociedades o instituciones religiosas que se dediquen a la realización de sus fines específicos en el país estaban exentas del pago de impuesto a la renta hasta diciembre del 2020.

Las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro, ya sean estas de beneficencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, y/o de vivienda también mantenían este beneficio.

¿Qué motivo a tomar esta decisión?

En el proyecto de ley se detalla que, las exoneraciones tributarias contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta tiende a reducir las brechas de desigualdad que vive nuestro país. Esto lo logran a través del apoyo a los mas necesitados, promoviendo fines vinculados al interés nacional.

Tomando en consideración tales finalidades, los diversos sectores del Estado ante el vencimiento del plazo de vigencia de las exoneraciones tributarias contenidas en el artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, han opinado a favor de prorrogar su vigencia.

Lea y/o descargue la norma completa aquí.

Fuente: laley.pe

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