Procedimiento a seguir para solicitar que sunat autorice la restitución de fondos correspondiente a depósitos indebidos o en exceso efectuados en cuentas de detracción

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Aquel depósito efectuado con error a que se refiere el numeral  2 del presente procedimiento.

TIPOS DE ERRORES QUE GENERAN DEPÓSITOS INDEBIDOS O EN EXCESO SUJETOS A RESTITUCIÓN DE FONDOS

  1. Depósito duplicado.
  2. Depósito por una operación no sujeta a detracción.
  3. Depósito por el importe total de la operación.
  4. Depósito en exceso por error de cálculo.

Requisitos:

El depositante podrá solicitar a la SUNAT que se autorice la restitución del importe indebido o en exceso, presentando para dicho efecto lo siguiente:

  1. Escrito del depositante señalando que ha efectuado un depósito indebido o en exceso, según el tipo de error señalado en el numeral 2 del presente documento, el mismo que deberá estar firmado por el contribuyente o el representante legal, precisando adicionalmente la siguiente información:

a.1) Cuenta de detracciones del beneficiario donde se efectuó el depósito indebido o en exceso, precisando lo siguiente:

  • Número de la cuenta del beneficiario
  • RUC del beneficiario
  • Nombre o razón social del beneficiario

a.2)  Cuenta bancaria comercial donde, de corresponder,  será efectuado el abono por la restitución del depósito indebido o en exceso, precisando lo siguiente:

  • Número de la cuenta bancaria comercial del cual es titular el depositante, proveedor o prestador de servicio, según corresponda.
  • Código de Cuenta Interbancaria CCI y nombre del banco comercial correspondiente a la cuenta bancaria comercial donde se abonará la restitución de fondos.
  • RUC del titular de la cuenta donde se abonará la restitución de fondos.
  • Nombre o Razón Social del titular de la cuenta donde se abonará la restitución de fondos.

a.3) Constancia del depósito a través del cual se efectuó el depósito indebido o en exceso, precisando la siguiente información:

  • Número de la constancia.
  • Fecha del depósito
  • Importe total depositado y acreditado en la constancia.
  • Importe indebido o en exceso que se ha efectuado.

2.Copia simple de la constancia de depósito.

3.Comprobante(s) de pago(s) correspondiente(s) a la operación por la que se efectuó el depósito de la detracción, según el caso.

4.Carta del banco comercial a la que pertenece la cuenta donde se abonará la restitución de fondos, indicando el Código de Cuenta Interbancaria CCI y el titular de dicha cuenta.

5.Cualquier otra información que el solicitante considere necesario para sustentar su solicitud.

MODELO. http://orientacion.sunat.gob.pe/images/stories/detracciones/CartaTipotresAutorizacionextornodepositoindebido.pdf

Sin título.png

En todos los casos, de ser necesario en la evaluación de la solicitud, la SUNAT podrá requerir información adicional a la presentada por el solicitante.

Fuente: Sunat.
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