Multas relacionadas a los Libros y Registros Contables

0
3860

Las sanciones correspondientes a las infracciones vinculadas con los Libros y/o Registros Contables se encuentran establecidas en el Numeral 3 de las Tablas I y II del Código Tributario, las que están referidas a las infracciones del Artículo 175° del Código Tributario.

Cabe precisar que la “Tabla I” aplica a los acogidos al Régimen General o Régimen MYPE Tributario – RMT y la “Tabla II” para los acogidos al Régimen Especial de Renta – RER.

(*) No menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT.

(**) No menor al 10% de la UIT ni mayor a 12 UIT.

(***) La multa será del 0.6% de los IN cuando la infracción corresponda a no legalizar el Registro de Compras no pudiendo ser menor a 10% UIT ni mayor a 25 UIT.

(****) No podrá ser menor a 10% de la UIT ni mayor a 8 UIT.

Comentarios

PROGRAMA DE ESPECIALIZACION GESTIÓN TRIBUTARIA

Inicia: Sabado 06 de Abril

Horario: 6:30 p.m. - 10:30 p.m.

Frecuencia: 1 una vez

Modalidad: EN VIVO