Modificaciones a las infracciones, sanciones y gradualidad vinculadas con Operador de Servicios Electrónico (OSE)

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Mediante Resolución de Superintendencia N° 191-2019/SUNAT, publicada el 13 de octubre del 2019, se modifica las Resoluciones de Superintendencia N°s 117-2017/SUNAT y 014-2008/SUNAT, y entre sus principales cambios tenemos:

  • Cuando el OSE no cumpla con el compromiso de brindar su servicio a nivel nacional o no guarde la reserva de la información distinta a la indicada en el párrafo 7.10 del artículo 7 – reserva tributaria-, corresponde como sanción, el retiro en el Registro OSE por 1 año.
  • Se ha establecido la aplicación gradual de multas por infracciones relacionadas con operatividad del SEE- OSE y la forma cómo se publicita y factura el servicio de comprobación informática.
  • Se ha incluido como acto administrativo que puede ser notificado por el medio electrónico notificaciones SOL a la esquela en la que se comunica al operador de servicios que ha incurrido en infracción.
  • Se ha señalado el plazo a partir del cual se encuentra efectiva la sanción de retiro del Registro OSE.

También se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 050-2019-SUNAT/700000, mediante la cual se aplica la facultad discrecional en la administración de determinadas sanciones por infracciones reguladas en la Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT, relacionadas con el incumplimiento de obligaciones del Operador de Servicios Electrónicos; estableciendo lo siguiente:

  • El inciso 8.1.2 del párrafo 8.1 del artículo 8 de la Resolución de Superintendencia N° 117-2017/SUNAT regula las infracciones del OSE sancionadas únicamente con multa, algunas de ellas, se puede incurrir en múltiples oportunidades, por ello si en el marco de una acción de control se detecta la comisión de varias infracciones que tienen la misma tipificación sólo se aplicará una multa, eligiendo la más antigua de ser el caso.
  • También se establecen los efectos de la citada norma respecto de infracciones cometidas o detectadas hasta antes de su vigencia entre otros aspectos.

Finalmente, es importante indicar que las normas entran en vigor el 01 de noviembre del 2019.

Fuente: SUNAT

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