Los domiciliados tributan por sus rentas de fuente mundial

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Estimados

Debe quedar claro que toda persona domiciliada en Perú (peruana o extranjera) debe tributar tanto por sus rentas de fuente peruana como de sus rentas de fuente extranjera, en virtud de lo establecido por el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Y aquí no hay vuelta que darle.

 

El sistema tributario peruano establece esta aplicación (conjuga o engloba residencia, utilización económica, domicilio, fuente, entre otros conceptos) a fin que la declaración jurada anual tanto de personas naturales como de jurídicas refleje la renta generada y se tribute sobre ella.

 

Por ejemplo si una entidad del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) vende en el país bienes y presta servicios los cuales en conjunto no superan los S/.525,000 (ni en ingresos ni adquisiciones además de los otros parámetros del RER) llegando a solamente S/.25,000 en el ejercicio gravable. Sin embargo dicha entidad exporta (operación INAFECTA al IGV) bienes y servicios por un importe de S/.168´500,400 siendo sus mercados frecuentes Asia y Europa ¿Acaso no debe tributar por la renta de fuente extranjera para efectos del Impuesto a la Renta?

 

La respuesta es más que evidente, por supuesto, of course, sure, ok, that´s right, yes, ja, als, se, αν … «en varios idiomas si se debe tributar por la renta de fuente extranjera».

 

En el caso de una persona natural «que no genera renta de tercera categoría para efectos del Impuesto a la Renta» también se encuentran en la obligación de tributar por sus rentas de fuente extranjera en virtud del citado artículo 6 de la Ley del Impuesto a la Renta. Nuevamente no hay vuelta que darle.

 

Bajo ese contexto, si una persona natural percibe ingresos por ganancias de Adsense de Google evidentemente deberá declarar estos ingresos en su declaración anual del Impuesto a la Renta anual del ejercicio en el cual perciban dichos ingresos.

 

Otro caso se produce cuando las personas naturales perciben ingresos del exterior, si por ejemplo un ciudadano peruano viaja a Reino Unido y obtiene ingresos por £ 100,000 libras esterlinas, lo deposita en su cuenta American Express y luego efectúa retiros de estos fondos a su llegada a Lima ¿Acaso no debe tributar por esta renta de fuente extranjera obtenida? Ojo entre Perú y el Reino Unido no existe ningún convenio que establezca lo contrario por lo tanto la Administración Tributaria se encuentra premunida de la potestad suficiente para iniciar las acciones fiscalizatorias que ameriten para la regularización del tributo omitido, sin perjuicio que en Reino Unido dicha persona haya pagado impuestos al percibir estos ingresos de fuente inglesa.

 

Alan Emilio Matos Barzola

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kars
14 años atras

Hola, todo ingreso de Adsense de Google, asi sea $100 debo pagar el 15%???

En el Perú hay miles de personas que ganan con adsense de google y no saben nada de esto… yo recien me entero que he cobrado mas de $10,000 en un año…

de esos $10,000, $1500 van a la suant asi de facil?.. ingresar 10mil al pais es dinero integro que entra al pais y ayuda a la economia…

Me parece un robo.. miles de personas que no saben esto van a tener graves problemas por evacion de impuestos…

Mi caso es aun peor.. es un 15% es demasiado dinero y creo que no hay deducciones… pero yo gasto en muchos pagos.. internet, luz, local, compra de equipos, pagos por publicidad, compra de links, pago a editores, pago a diseñadores… google me paga a mi nombre… tengo muchos gastos operativos y para remate la sunat me quitar $1500 en un año? asi sin hacer nada, ni darme derechos? nisiquiera hay un limite de ingresos anuales como los hay en 4ta categoria?

La verdad es un modo muy descarado por parte del estado en quitarte un 15% asi te envien $1 del extranjero…

y mas grave aun nadie sabe sobre estos casos… ojo hay miles de personas que gana por google y estan todos fregados…

alguna idea de perocontable sobre este tema?

manuel
manuel
14 años atras

YO TAMBIEN VENDI Y COMPRE ACCIONES EXTRANJERAS EN N Yo RK A TRAVES DE AGENCIA BOLSA PERUANA , GANE SUMANDO TODO 4 MIL DOLARES AL AÑO no pienso pagar 15% ME IRE A TRIBUNAL FISCAL Y TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SI ASI SUCEDE. IP 201.240.195.248

Henry Mendoza
Henry Mendoza
13 años atras

Estimado Sr.

Mcuhas gracias por esta información, pero me gustaria saber cual es el porcentaje que debo pagar por impuestos por recibir una renta de fuente estrangera.

En mi caso, voy a trabajar para una empresa extrangera, brindando servicios tecnicos en Peru. Por lo que me gustaria saber cuanto seria el impuesto que debo pagar.

adx
adx
13 años atras

Totalmente de acuerdo con Kars. Y aunque yo no llego ni a la mitad de lo que el percibe por año, me parece un robo que la SUNAT se lleve un 15% así de fácil. Google no nos regala la plata ni es un premio. Ganar 1 dólar con adsense es trabajo de muchas horas, constancia y costos fijos que van desde Hosting, dominio, uso de computador, electricidad, etc. Donde entra eso?

Es un robo

mario
mario
13 años atras

BUENO HAY OTRAS MANERAS , ABRAN UNA CUENTA EN SUIZA O INGRESENLO A UN BROKER DE FOREX Y RETIRENLO POR LIBERTY RESERVE USANDO UNA TRAJETA PREPAGADA VISA fx2008@hotmail.com IP 190.232.3.191

M
M
3 años atras

HOLA, QUISIERA HACER UNA CONSULTA EN EL CASO DE UNA PERSONA JURIDICA DOMICILIADA, QUE PERCIBAN DIVIDENDOS POR PARTE DE OTRA EMPRESA NO DOMICILIADA ( DE USA), ESO DIVIDENDOS SE GRAVAN EN EL EJERCICIO GRAVABLE EN EL QUE SE PERCIBAN?
SALUDOS Y GRACIAS