Ley del Libro: grandes editoriales ya no podrán acogerse a reintegro tributario

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Norma publicada como decreto de urgencia pone un techo de facturación anual de S/630 mil al año para poder gozar de dicho beneficio tributario.

El Poder Ejecutivo extendió por un año la exoneración del pago de Impuesto a la Venta (IGV) por la venta e importación de libros y el reintegro tributario para las empresas editoriales pero con límites, de acuerdo con el primer decreto de urgencia del gobierno del presidente Martín Vizcarra tras la disolución del Congreso de la República.

Así, las grandes editoriales que facturen más de 150 UIT al año, equivalente a S/630 mil, ya no podrán acceder al reintegro tributario del IGV. Anteriormente, en la norma que tiene vigencia hasta hoy, este límite no existía.

Además, la SUNAT deberá presentar el listado de empresas editoriales y los montos por los cuales se acogieron a los beneficios tributarios ya mencionados.

La norma recoge otros de los principales planteamientos presentes en un proyecto de ley que presentó el Ejecutivo, con el objetivo de fomentar la lectura en el país y desarrollar el sector editorial. como la transferencia de hasta S/16 millones al sector Cultura para el desarrollo de programas de fomento de lectura y bibliotecas municipales, con cargo al presupuesto público del 2020.

SEMANAeconómica ha indicado que no se deberían eliminar totalmente los beneficios tributarios a la industria, pero que sí es necesaria una reestructuración. El MEF, ha dicho, también, que no ha encontrado una correlación entre el otorgamiento de beneficios y el aumento de los niveles de lectura en el país.

Asimismo, el dispositivo plantea que en el plazo de u año se tenga que realizar una encuesta sobre los principales indicadores de fomento de lectura en dicho plazo de un año, cifras que serán elevadas al Ministerio de Cultura y el Ministerio de Economía para evaluar el principal objetivo de la Ley del Libro y fomento de lectura.

Fuente: semanaeconómica.com

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