Las otras medidas tributarias necesarias, por Arturo Tuesta

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“Existen otras medidas que podrían tener un impacto relevante para las empresas, con un costo razonable para el Estado”, señala el socio líder de Servicios Tributarios y Legales de PwC Perú.

El Poder Ejecutivo acaba de presentar un proyecto de ley el cual ha sido aprobado por el Congreso, mediante el cual solicita la delegación de facultades para legislar en diversas materias, entre ellas, la tributaria, en el marco de la lucha contra la pandemia del COVID-19.

En materia tributaria, el proyecto contempla temas como permitir la depreciación acelerada, extender el plazo de aplicación de las pérdidas tributarias generadas en 2020, modificar el coeficiente de los pagos a cuenta, entre otras, destinadas a facilitar la liquidez de las empresas y evitar que se interrumpa la cadena de pagos.

Sin perjuicio de ello, existen otras medidas que podrían tener un impacto relevante para las empresas, con un costo razonable para el Estado. Algunas de estas medidas son, por ejemplo, el permitir el pago diferido del impuesto a la renta de 2019 y 2020, así como del IGV, total o parcialmente, sin cobrar intereses; o la reducción directa del importe de pagos a cuenta eliminando el monto mínimo de 1,5%.

Por otro lado, la suspensión para el 2020 de las limitaciones a la deducción de intereses (subcapitalización) es importante en una coyuntura en que las empresas van a requerir endeudarse y sus patrimonios y EBITDA (bases de cálculo para esos límites) se van a ver golpeados.

Del mismo modo, va a ser necesario, en medio el contexto de crisis, flexibilizar la liberación de los fondos del SPOT (Sistema de detracciones) para que el monto no utilizado para pagar impuestos en un mes pueda ser recuperado por la empresa inmediatamente, dado que de lo contrario se atrapa la caja.

A estas medidas podríamos sumar la suspensión para el 2020 del pago del impuesto temporal a los activos netos o ITAN, que no es otra cosa que un anticipo del impuesto a la renta (IR); disponer la devolución automática de los saldos del IR o, cuando menos, su compensación con otros tributos en forma automática; y suspender para el 2020 la condición de pagar las retribuciones de los trabajadores para poder deducir el gasto, considerando este contexto en que las empresas probablemente tengan que diferir algunos pagos.

Finalmente, este tipo de medidas, que tienen un impacto relevante, deberían aplicarse a todos los contribuyentes. No obstante, hasta la fecha se ha excluido a los grandes contribuyentes, sin que esto tenga, en mi opinión, mayor sentido económico, ni de justicia.

Fuente: elcomercio.pe

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