La multa por no presentar la información de Precio de Transferencia tiene un tope máximo de S/ 101,250

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Para el ejercicio 2016, el plazo vence en abril del 2018 y las operaciones del 2017 en junio de este año.

Los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa de Precios de Transferencia con el formato de “Reporte Local” cuando sus ingresos superen las 2,300 UIT (S/ 9.5 millones) y el monto de sus operaciones con partes vinculadas y paraísos fiscales supere las 100 UIT (S/ 415,000). Cuando supere las 400 UIT (S/ 1.6 millones), la información será más detallada y compleja.

Para el ejercicio 2016, el plazo vence en abril del 2018 y las operaciones del 2017 en junio de este año.

El reporte local debe ser presentado aun cuando no se superen los referidos límites, en operaciones de bienes a partes vinculadas y/o desde, hacia o a través de paraísos fiscales, cuyo valor de mercado sea inferior a su costo computable.

La obligación solo será de aplicación respecto de transacciones que tengan impacto tributario por generar rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del Impuesto a la Renta.

La multa por no presentar el Reporte Local es de 0.6% de los ingresos netos del contribuyente, con un tope máximo de 25 UIT (S/ 98,740 para el año 2016 y S/ 101,250 para el año 2017), detalló un informe de EY.

Fuente: gestión.pe

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