La infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 178° del TUO del Código Tributario en la que incurre un contribuyente que consigna en su declaración jurada mensual del IGV un Impuesto a pagar menor al correcto y un monto por retenciones y/o percepciones mayor al que le corresponde será sancionada con una multa cuyo monto asciende a la suma del 50% del tributo omitido y el 50% del crédito por retenciones y/o percepciones aumentado indebidamente.
Alan Emilio
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Inicia: Sabado 27 de Abril
Horario: 8:30 p.m. - 10:30 p.m.
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