Establecen nueva obligación fiscal

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sunat

La Sunat estableció la obligación de presentar la declaración informativa sobre trust, como parte de los compromisos sobre intercambio de información asumidos por el Perú en los convenios de doble imposición y acuerdos sobre el tema.

Se denomina trust a la relación jurídica creada de acuerdo con el derecho extranjero, por acto entre vivos o mortis causa, por la cual el constituyente de esta coloca todo o parte de su patrimonio, bajo la administración, gestión o control de una o varias personas (trustees), a favor de uno o más beneficiarios o con fines determinados.

Sujetos obligados

Está obligada a presentar dicha declaración toda persona natural, sociedad conyugal, sucesión indivisa, asociación de hecho de profesionales y similares o persona jurídica para efectos de la Ley del Impuesto a la Renta, que posea la calidad de trustee y la condición de domiciliado en el país.

Esto último, siempre que el patrimonio administrado corresponda a un trust creado según el derecho extranjero.

A partir del 1 de enero de 2017 estará disponible el programa validador de la Sunat para la presentación de la referida declaración.

Contenido

El documento a presentar tiene carácter de declaración jurada y deberá contener los datos del trustee, del trust, de los beneficiarios del mismo y del constituyente.

Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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