¿En qué momento se debe realizar la retención?

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Desde el año 2002 se aplica en el Perú el Régimen de Retenciones del IGV. Este sistema fue creado como un mecanismo de control respecto de operaciones afectas con el IGV en las cuales se pretendía contar con una especie de adelanto de pago del impuesto respecto de operaciones futuras que realizaría el adquirente o usuario.

¿Cuál es el ámbito de la aplicación?

El Régimen de Retenciones del IGV es aplicable a los proveedores en las operaciones de venta de bienes, primera venta de bienes inmuebles, prestación de servicios y contratos de construcción gravada con IGV.

¿Cuál es la tasa de retención?

El monto de la retención será el tres por ciento (3 %)3 del importe total de la operación.

3. Hasta febrero del 2014 la tasa de retención era el 6 %, con la Resolución de Superintendencia 033-2014/ SUNAT, publicada el 01-02-14 la tasa vario al 3 % del importe de la operación, la misma que entró en vigencia a partir de marzo del 2014 y es aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de aquella fecha.

Se debe tener en consideración que el importe total de la operación gravada es la suma total que queda obligado a pagar el adquiriente, usuario del servido o quien encarga la construcción, incluidos los tributos que graven la operación, inclusive el IGV.

¿En qué momento se debe realizar la retención?

La retención se debe realizar en el momento del pago. En caso de pagos parciales de la operación gravada con el impuesto, la tasa de retención se aplicará sobre el importe de cada pago.

En caso de operaciones realizadas en moneda extranjera, la conversión a moneda nacional se efectuará al tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de pago. En los días en que no se publique el tipo de cambio referido se utilizará el último publicado.

A continuación, tenemos los más frecuentes tipos de pagos:

Tipo de pagoMomento
En efectivoLa fecha de entrega o puesta a disposición del efectivo
Con chequeEn la fecha en que se pone a disposición la retribución
Con cheque diferidoSe considerará pagado en la fecha de vencimiento (el cual no puede ser mayor de 30 días desde su emisión).
Letra de cambioEn la fecha de vencimiento o cuando se hace efectivo el pago, lo que ocurra primero.
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