Las cuentas incobrables son aquellas que la entidad no puede recuperar, tales como las deudas de los clientes al crédito. Pero… ¿será un gasto deducible? Conoce sus características, y si es o no considerado por la SUNAT mediante un caso práctico.

Factores
Es muy importante, que la compañía reconozca a las cuentas incobrables en su registro de contabilidad, y para que existan estos incobrables, existen ciertos factores:
- Gestión de cobranza
- Solvencia del cliente
- Entorno económico
Recomendaciones
- El porcentaje de la venta, debe tener una parte de incobrable, y que ello represente un gasto para la firma
- Deben cuidar y manejar una buena gestión respecto a las cobranzas
- No debe pasar mucho tiempo del vencimiento de la deuda, pues corre el riesgo de disminuir la posibilidad de que no se cobre
Caso práctico
El día 8 de enero, la empresa Agua Marina SAC provisionó diversas cuentas incobrables valorizadas en 5,500 soles, para lo cual, se agotaron todas las medidas de cobranza. Días después, la corporación inició el proceso judicial correspondiente.
Base legal
Art. 37 Inciso I)
“Son deducibles los castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto, siempre que se determinen las cuentas a las que corresponden.”
Para este caso, si el importe es menor a 3 UIT, solo pasarán 12 meses (1 año) para la cobranza respectiva. Pero si el monto resulta ser mayor a 3 UIT, tendrían que cumplir ciertos requisitos tributarios que ayudan a determinar la efectividad de la cobranza dudosa, tales como demostrar que existen dificultades financieras, con posibilidad del riesgo de incobrabilidad.
Contable | Tributario | Exceso |
---|---|---|
5,500 | 0 | 5,500 |
Si el monto es menor a 3 UIT (13,800), solo pasará 1 año para la cobranza respectiva; y en este caso si es menor a esa cantidad; eso quiere decir que, durante ese periodo, la SUNAT no aceptará ese importe como gasto, sin embargo, pasado ese periodo, recién podrá reconocerlo como tal.
A este reparo le llamamos Adición Temporal.
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