¿Cuándo debo presentar una queja tributaria por cobro de impuestos?

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La queja es un pedido que realiza el contribuyente y busca que un superior jerárquico (Tribunal Fiscal), dentro de cualquier procedimiento, ordene al órgano que está resolviendo el caso (Sunat) corrija actuaciones procedimentales defectuosas, indicó el tributarista Álvaro Bocanegra.

Por ello, precisa, la queja no se usa para impugnar un acto administrativo alguno (por ejemplo una apelación), y solo procede cuando existen procedimientos que infrinjan la ley.

Asimismo, indica que el contribuyente debe acompañar como pruebas de que se está vulnerando el debido proceso, pero si el Tribunal Fiscal considera que no es suficiente, solicitará el órgano resolutor dicha información faltante a la administración quejada y/o al quejoso.

¿Cuándo se usa la queja tributaria?
Cuando hay irregularidades en las notificaciones, por ejemplo, haberse notificado en el domicilio fiscal no obstante haber señalado domicilio procesal (en el inicio de algún procedimiento contencioso tributario y otros); o cuando se solicitó una copia de las constancias de notificación, no se entrega al contribuyente, podemos recurrir al tribunal fiscal para que ordenen a la administración tributaria entregar las copias, entre otras, dice Bocanegra.

Es muy común, agrega, que la Sunat o el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no quieran cumplir con lo que resolvió el Tribunal Fiscal por lo que en estos casos también procede la queja, el Tribunal reiterará su orden y hará presente al órgano recurrido la responsabilidad del funcionario.

Este procedimiento también se puede interponer en una Ejecución Coactiva, por ejemplo cuando la deuda aun no es exigible o es extinta (es decir no han vencido los plazos de pago voluntario o no hay deuda).

En el Acceso de Expedientes Coactivos ya sea para lectura o para le emisión de copias del mismo si no se nos permite su exhibición o la entrega de las copias habiendo sida solicitadas por el administrado procede interponer la queja ante el Tribunal Fiscal. Si aún con la orden que realizará la resolución que emita la Secretaria de Quejas no se nos sigue permitiendo el acceso, podemos denunciar al funcionario por abuso de autoridad ante el Ministerio Público, anota.

Fuente: Diario Gestión.
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