Contribuyentes que no pagaban el ITAN ahora lo tendrán que hacer por los años 2013 y 2014

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El tercer paquete de medidas para reactivar la economía que envió el Ejecutivo al Congreso ha tardado casi tres meses en ser aprobado por la Comisión de Economía.

Pero ayer en una sesión extraordinaria el grupo de trabajo dio luz verde al predictamen final del proyecto que entre lo más llamativo establece que todas las empresas paguen el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) por los años 2013 y 2014.

Cronología del ITAN
La historia de este impuesto está envuelta en un tira y afloja entre el Ministerio de Economía (MEF), los gremios empresariales y los propios miembros de la Comisión de Economía.
A fines julio, el Ministerio de Economía envío al Congreso el proyecto 3690 que plantea medidas para promover el crecimiento económico, entre ellas la inafectación ITAN a partir del 2015, para las empresas en etapa preoperativa.
La inafectación también abarcaba a las fundaciones, gremios, sindicatos, partidos políticos, comunidades nativas, beneficencias e instituciones religiosas
Sin embargo, el proyecto del MEF dejaba un vacío legal sobre el pago de este impuesto durante los ejercicios fiscales del 2013 y 2014, toda vez que los afectados estuvieron exonerados del ITAN hasta diciembre del 2012.
Una interpretación de la Sunat indica que la exoneración de las referidas entidades al pago del ITAN estuvo vigente hasta el 2012, por lo que desde el siguiente año debían pagarlo e inició campañas para su fiscalización durante el 2014.
Ante el vacío legal que había dejado el MEF en su proyecto inicial, la Comisión de Economía elaboró un predictamen el mes pasado en el que precisaba que las entidades afectadas debían pagar el impuesto, pero que este “podrá ser utilizado como crédito fiscal o devolución”.
Luego de casi un mes en que el tercer paquete de medidas quedó en la congeladora, el miércoles el presidente de la comisión, Casio Huaire, presentó un nuevo predictamen en el que se establecía el pago del ITAN para esos años, pero con posibilidad para las empresas de acogerse al Código Tributario.

Enfrentamiento inicial

El debate dentro de la comisión se extendió toda la mañana con propuestas de la oposición de volver a introducir la inafectación para el 2013 y 2014, mientras que los congresistas oficialistas (que representaban al MEF) solicitaron simplemente retirar toda alternativa tributaria.
Ya el jueves, en una sesión extraordinaria que duró apenas una hora, el presidente de la comisión llevó dos textos: uno con el nuevo predictamen, como solicitaba la bancada oficialista, y otro con las propuestas de los miembros de la comisión.
Con 11 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, la comisión aprobó el texto sustitutorio del predictamen, que eliminó la posibilidad de exoneración o devolución del pago del ITAN para el 2013 y 2014, e incluso que las empresas se acojan al Código Tributario.
“Las exoneraciones que estaban dadas hasta el 2012 ahora a partir del 2015 se convierten en inafectaciones. Pero para el 2013 y 2014 se va a pagar”, dijo el presidente de la comisión, Casio Huaire.
Ahora el proyecto queda en manos del Pleno del Congreso para su debate, que debería discutirlo en el corto plazo por su carácter de urgencia.

Dixit
“Había las propuestas que se habían recogido de los congresistas y un texto sustitutorio que nosotros habíamos promovido por consenso y eso es lo que hemos aprobado en la sesión”.
Casio Huaire
Presidente de Comisión de Economía

“Nos han dado dos papeles, uno del MEF cuyo soldados están aquí y creen que el Congreso es una simple mesa de partes, porque han puesto por separado nuestras propuestas”.
Andrés García Belaunde
Congresista

Opinión

Guillermo D. Grellaud
Presidente de Ciudadanos por la Justicia Tributaria

EL ITAN NO ESTÁ VIGENTE

El ITAN caducó en el 2009. La Sunat sigue cobrando este impuesto por una interpretación incorrecta y el proyecto aprobado ayer en la Comisión de Economía es incorrecto. Primero, porque cuando se modifica el ITAN (2008) se establece que la tasa del impuesto debería reducirse hasta desaparecer. Sin embargo, cuando se implementa se fija una reducción de 0.5% a 0.4% entre el 2008 y 2009 y no se dijo más. Pero eso no implicaba que se debiera extender su vigencia indefinidamente. Manteniendo la proporción en la reducción, el ITAN habría desaparecido en el 2011.
Segundo, porque se tiene que cumplir el principio de legalidad, es decir, nadie puede establecer que se extienda la vigencia del ITAN por interpretación, tiene que ser mediante una ley. El proyecto que se acaba de aprobar no cumpliría este extremo porque parte de una premisa errónea, ya que el ITAN caducó.

Fuente: Diario Gestión.

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