Continuación del Curso «Como combatir la informalidad, la evasión y la elusión tributaria»

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La ignorancia habla que «no es relevante fiscalizar» que mejor solamente se fiscalice a los Megacontribuyentes y que la informalidad y la corrupción ya es una «forma de vida arraigada» lo cual personalmente creo que es BUCÉFALO pretener inducir a la mediocridad.

Otra actividad relevante bajo esta segunda unidad es la que desarrollan los restaurantes, bares, discotecas y similares.

Los principales diarios de circulación (además del Tromercio) resaltan la materialidad de fiscalizar este tipo de negocios, por la omisión de entregar los comprobantes de pago.

Esta infracción puede cometerse con dolo (conciencia y voluntad de trasgredir el deber de emitir el comprobante) o por efecto en el sistema de facturación (se restrase la máquina o figure una hora diferente de la emisión que contrasta con la fecha que se produce la detección y que el fiscalizador tomará en cuenta en su acta probatoria).

Recordar que el acta probatoria debe reunir los requisitos de idoneidad al momento de su emisión para evitar abusos de los fiscalizadores.

Una opción viable es ANTICIPAR LA EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO por ejemplo cobrar consumo por adelantado (por ejemplo paga S/.100 y pide determinadas bebidas en forma ilimitada toda la noche) y de esta manera descongestionar a los cajeros por consumos especiales (que solamente se emitan con posterioridad comprobantes por venta de LICORES ETIQUETA AZUL o VERDE, o bebidas exóticas):

1.     Antes de ingresar al local (discotecas, bares, entre otros) se puede establecer dos figuras:

1.1.          Que el consumo de entrada y otros generales se cancele anticipadamente como reserva o similar por tarjeta de crédito o por transacción financiera. Se imprime la constancia de pago y al ingresar al local de emite automáticamente el comprobante y se entrega al consumidor. Inclusive el comprobante de puede escanear y emitir al email del consumidor con anterioridad. (PREPAGO).

1.2.          Antes de ingresar el local hacer una pequeña «colita» y pagar el consumo anticipadamente y en ese instante emitir el comprobante por el total del consumo general que no incluiría bebidas especiales que figuren en una lista de exhibición abierta para los consumidores.

1.3. Pueden establecerse dos zonas:

1.3.1. La Zona VIP para aquellos que efectuaron la cancelación anticipada del consumo, los cuales pueden ser identificados por un brazalete simbólico, por sus datos o similares.

1.3.2. La Zona General que debe tener un área delimitada y la atención debe tener especial atención en emitir oportunamente los comprobantes de pago en cada consumo. La instrucción debe ser clara al personal de atención.

2. Instruir adecuadamente al personal de atención que «traten bien a los clientes» y que cumplan con emitir los comprobantes.

DIARIO GESTION:

El 82% de discotecas, restaurantes y peñas de Lima no entrega facturas
En los días festivos, la no entrega de comprobantes de pago se multiplica porque los dueños de los comercios creen que la Sunat no los va a intervenir. Esta entidad fortalecerá sus acciones ante la cercanía de la Navidad.

La evasión tributaria continúa, no solamente en el ámbito de las grandes empresas, sino también en el de pequeñas y medianas empresas. Es el caso de peñas, discotecas y restaurantes de Lima Metropolitana que en un 82% no entregan comprobantes de pago, según verificó la División de Operaciones Especiales contra la Informalidad de Sunat al intervenir estos locales comerciales el pasado 31 de octubre, Día de la Canción Criolla.

Diario El Comercio:

Restaurantes de la capital no cumplen con la Sunat
8:40 | El 82% de los locales supervisados en el Día de la Canción Criolla no daba comprobante. En general, el 26% de los negocios no lo hace

“No, no le podemos entregar comprobante de pago”. Ante la insistencia, la encargada de una conocida anticuchería piurana justificó con un sinsentido tributario: a quien consume licor no se le entrega ni boleta ni factura.

Diario PERU21

Del porcentaje de infractores hallados, la Sunat impuso una multa –cuyo valor varía dependiendo del nivel de incidencia– al 58% de los contribuyentes reiterativos que no entregaban comprobantes de pago.

En tanto, el 28% de los negocios intervenidos recibió de la Sunat un aviso denominado “Acta preventiva’, al ser la primera vez que se les detectó el incumplimiento de la ley.

Además, en este último grupo encontró otras irregularidades, como que su domicilio fiscal no estaba debidamente declarado e, inclusive, que el número del Registro Único de Contribuyente (RUC) no correspondía a su actividad comercial.

Como se puede apreciar las actividades que desarrollan este tipo de negocios si es relevante en cuanto a la informalidad que desarrollan y a las omisiones que incurren. La mayoría de estos negocios son muy rentables pero no tributan lo que deberían y eso la Administración Tributaria tiene conocimiento desde hace años.

 

Corresponde tomar en cuenta que dichas entidades son responsables inclusive de los actos de comercio que realicen sus dependientes dentro del mismo negocio, criterio que es reconocido por el propio Tribunal Fiscal y por la Administración.

A nivel nacional de ha detectado acciones constantes de SUNAT para sancionar estas conductas principalmente en Huancayo, Madre de Dios, Huaraz, Huacho y en Lima (boulevard de Los Olivos, de Zárate, Calle de las Pizzas en Miraflores, en la zona de Retablo en Comas, entre otros).

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