La empresa LAS TORRES SRL en el mes de diciembre del 2018 ha incurrido en gastos por consumos en restaurantes por reuniones con clientes y proveedores por un monto de S/ 3,000.00 más el IGV, los ingresos de la empresa de enero a diciembre del mismo año ascienden a S/ 4,500,000.00 más el IGV.
Los gastos de representación incurridos de enero a noviembre del 2018 por la empresa ascienden a la suma de S/ 21,200.00 más IGV.
Se pide determinar si podrá deducir el total del gasto de representación en el ejercicio 2018.
Solución
a) Determinamos el límite para la deducción del gasto:
Ingresos del ejercicio x 0.5 %
S/ 4,500,000 x 0.5 % = S/ 22,500.00
Máximo 40 UIT = S/ 4,150 x 40 = S/ 166,000
b) Determinamos el monto no deducible:
Total gasto del ejercicio S/ 21,200 + S/ 3,000 = | 24,200.00 |
Máximo deducible | -22,500.00 |
Exceso reparable | 1,700.00 |
IGV del exceso (no hay derecho a crédito fiscal) 18 % | 306.00 |
Total a reparar | 2,006.00 |
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