Conoce cómo presentar tu Declaración Jurada y deducir el Impuesto a la Renta

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Carlos Chirino, representante de la SUNAT , explica a Perú21, sobre los pasos a seguir para presentar de manera correcta la Declaración Jurada dependiendo si eres una persona natural o jurídica. Además, indica cuales son los plazos para pagar el IR.

Se proyecta que al menos 556 mil personas naturales y 696 mil empresas presenten su Declaración Jurada y realicen el pago de Impuesto a la Renta (IR), durante este mes y principios del próximo, lo que generará un incremento aproximado de 6% con respecto al ejercicio anterior, informó Carlos Chirino, Gerente de orientación y servicios de la SUNAT.
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Chirino recordó a la población que las personas naturales que están obligadas a presentar la Declaración Jurada son todos los que hayan generado rentas de primera, segunda, cuarta, quinta categoría o un saldo a pagar. Así como todos los que tengan que atribuir un gasto de intereses por créditos hipotecarios o arrendamiento. Los obligados a pagar son solo aquellos que hayan recibido ingresos superiores anuales de S/ 29 550.

Para el pago de impuestos, el representante de la Sunat dijo “Las personas naturales, se distingue en dos grupos: Personas que generan renta de primera y segunda. Es decir, alquileres o ganancia de capital. Y los que generan renta por trabajo que son las rentas de cuarta y quinta categoría».

«El primer grupo tendrá que pagar una tasa efectiva del 5% sobre el monto de la ganancia del alquiler. Mientras que en el segundo grupo tendrá que revisar la escala con tasas progresivas en función a la cantidad de renta obtenida, que van desde 8% hasta 30%.» agregó.powered by Rubicon Project

¿Cuál es el formulario que deben llenar las personas naturales?
Las personas naturales para presentar la declaración deberán llenar el formulario 707: «La principal facilidad de este formulario es que la información de los ingresos y gastos, o pagos a cuentas ya están pre cargados».

Empresas o Personas Jurídicas
Con respecto a las empresas, Chirinos sostuvo que estas deben presentar declaración jurada si han generado utilidades o perdidas. «Las empresas deben presentar dos formularios, el formulario virtual 708 y el PDT 708. El primero, es para todas aquellas empresas cuyos ingresos son menores a 1600 UIT. Es decir, S/ 7 millones de ingresos al año. Las demás están obligadas a declarar en el formulario virtual PDT 708.», explicó. 

Con respecto a la obligación de pago, señaló que las empresas están obligadas dependiendo del régimen de acogimiento. Las personas jurídicas del régimen Mype tributario  pagarán 10% por las primeras 15 UIT de sus utilidades y por el exceso 29.5%, tasa que pagan todas las empresas acogidas al régimen general.

¿Cuándo se paga el IR? 

El día de pago del IR, se establece a través de un cronograma de la SUNAT que depende del último numero del RUC, la cual te indica el plazo máximo. Toda la información sobre el IR y la Declaración Jurada 2018, lo pueden encontrar haciendo clic AQUÍ

Fuente: peru21.pe

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