Caso práctico: Impuesto a la renta a pagar por los Influencers

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Todo creador de contenidos, por ejemplo youtubers, tiktokers y más, deberán declarar sus ingresos y cumplir con el pago de impuestos, después de que la SUNAT expandiera su base tributaria.

Con respecto a los influencers, por muchos años recibieron cantidades sobredimensionadas en comparación con un trabajador independiente común, con la excepción de que no pagaban impuestos a pesar de que recibían ingresos.

Debido a este problema, la SUNAT consideró oportuno declarar estos ingresos como rentas de tercera categoría, lo que supone un 29,5% anual, puesto que no se estaban recaudando impuestos.

Pero por su parte, repasemos desde el inicio, ¿Qué son los influencers?

Los influencers son personas con muchos seguidores en las redes sociales. Tienen el poder de influir en cómo piensan, sienten y se comportan sus seguidores. Para convertirse en un influencer, primero debe acumular seguidores en las plataformas de redes sociales. Después de eso, debe crear contenido que resuene con su audiencia y los mantenga interesados.

Las empresas optan así por promocionar sus productos y servicios aprovechando la influencia de los creadores de contenidos, para lo cual invierten importantes cifras.

En el año 2020, un estudio de la agencia Influencity arrojó que en el Perú había alrededor de 73 mil influenciadores. Dentro de este apartado incluyeron además a los «microinfluencers»: todas aquellas personas con menos de 50.000 seguidores en sus redes sociales.

¿Qué ingresos son gravables?

La administración tributaria, en su informe nº 000044-2022-SUNAT/7T0000, especifica los ingresos percibidos por los influencers sobre los que hay que declarar para pagar impuestos.

  • Los anunciantes, ya sea en dinero o en especie, por mostrar y/o promocionar los bienes y/o servicios materia de auspicio en los canales, historias o contenido audiovisual que estos (los influencers) producen y difunden en sus redes sociales.
  • Las plataformas digitales en las que tales sujetos operan, por introducir publicidad en los videos o contenidos digitales que estos producen y difunden en dichas redes.
  • Sus seguidores en redes sociales, por obtener accesos de manera anticipada a ciertos contenidos o foros especializados en las citadas redes de los influencers. Por ejemplo: Patreon y Onlyfans.
  • Monetizar el canal o plataforma digital en la que los mencionados sujetos interactúan con sus seguidores, autorizando a dicha plataforma a colocar publicidad en sus contenidos, siendo que esta les exige a los influencers una cantidad mínima de suscripciones y/o visualizaciones del citado contenido, emitiéndoles un cheque por concepto de ganancias únicamente cuando la suma resulte mayor a un determinado monto.

Caso práctico

La influencer Marta Habla cuenta con un canal de youtube con más de 1 millón de suscriptores y tanto en su facebook e instagram acumula cerca de 800,000 seguidores en total.

Los datos están expresados en soles (s/).

Mes / ConceptoMarcas (Publicidad)Youtube (Adsense)Total
Enero500.001,800.002,300.00
Febrero8,000.001,800.009,800.00
Marzo500.002,000.002,500.00
Abril5,000.001,800.006,800.00
Mayo500.001,800.002,300.00
Junio500.002,200.002,700.00
Julio9,500.001,800.0011,300.00
Agosto500.001,800.002,300.00
Septiembre500.001,900.002,400.00
Octubre900.001,800.002,700.00
Noviembre4,000.002,300.006,300.00
Diciembre15,000.002,500.0017,500.00
Total45,400.0023,500.0068,900.00

A pesar de tratarse de un ejemplo ficticio no está muy alejado de la realidad, los meses como diciembre o julio son en donde las marcas desembolsan mas dinero que a comparación de otros meses.

Dato: por si no tiene claro sobre el concepto de los ingresos de youtube (adsense), vendría a ser al conjunto de publicidad que aparece en los videos de youtube (ya sea banner, videos que se pueden omitir, etc.).

Como se puede apreciar en el contenido compartido en la parte superior, tanto los ingresos por anunciantes y plataformas digitales deben ser consideradas para el impuesto a la renta.

No está claro aún si el tratamiento será el mismo que el de una empresa comercial en la que se pueden integrar los gastos para el cálculo del impuesto a la renta, por lo que de momento sólo tomaremos la cantidad total recibida anualmente.

Beneficio brutos/ 68,900.00
Impuesto a la renta (29.5%)s/ 20,325.50
Beneficio netos/ 48,574.50

De esta forma, Marta Habla tendría que pagar s/ 20,325.50 por concepto de impuesto a la renta de tercera categoría.

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