El Impuesto a la Renta se define por tramos acumulativos, es decir, que los ingresos se van dividiendo en tramos a los cuales se aplica la tasa del tributo.
Así, todos los ingresos hasta las 7 UIT (S/.26.950) están exonerados. Esto implica que los que ganan menos de esa cifra no pagan IR y a los que ganan más se les resta S/.26.950 de sus ingresos anuales para determinar el monto al que aplicar el Impuesto a la Renta. Hasta el año pasado, ese monto era S/.26.600, con la UIT anterior.
Con la nueva ley, se reduce la tasa para todos los ingresos entre las 7 UTI (S/.26.950) y las 12 UIT (S/.46.200) de 15% a 8%. También se baja de 15% a 14% la tasa que se aplica a todos los ingresos entre las 12 UIT (S/.46.200) y las 27 UIT (S/.103.950). Así, todos los que ganen más de S/.46.200 al año o S/.3.300 al mes -considerando 12 sueldos y dos gratificaciones-, verán reducidos los impuestos que pagan por este tramo de sueldo en un punto porcentual.
Asimismo, se ha creado otro nuevo rango entre las 27 UIT (S/.103.950) y las 42 UIT (S/.161.700), en la que se aplicará una tasa de 17% y no de 21%, como sucedía hasta el año pasado. Esta fuerte reducción de cuatro puntos porcentuales en la tasa beneficiaría a todos los que ganen más de S/.103.950 al año o S/.7.425 al mes, que pagarán menos tributos por este tramo de su renta.
Los que perciben por encima de S/.161.700 al año o S/.11.400 al mes, también deben ver con buenos ojos que entre las 42 UIT (S/.159.600) y las 52 UIT (S/.200.200) podrían aplicarse una tasa de 20% y ya no de 21% como hasta el año.
A todos los ingresos a partir de las 52 UIT (S/.200.200), se aplicará la tasa máxima de 30%.
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