Decreto Supremo N° 002-2014-EF, Aprueban normas reglamentarias de la Ley N° 30131 que autoriza a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para disponer de mercancías.
El presente Decreto Supremo tiene como objeto aprobar las normas reglamentarias de la Ley N°30131 que faculta a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para que durante un (1) año, a partir de su vigencia, disponga de manera expeditiva de las mercancías que hayan ingresado a los almacenes de la SUNAT o a los almacenes aduaneros hasta el 31 de marzo de 2013, sea en situación de abandono, incautadas o comisadas, incluidas las provenientes de la minería ilegal, procedentes de la aplicación del Decreto Legislativo N° 1053 – Ley General de Aduanas o de la Ley N° 28008 – Ley de los Delitos Aduaneros.
Para el remate, adjudicación, destrucción y la entrega al sector competente de las mercancías que hayan ingresado a los almacenes de la SUNAT o a los almacenes aduaneros hasta el 31 de marzo de 2013, es de aplicación lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 30131 y, de manera supletoria, lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1053, Ley General de Aduanas, y en la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, en lo que no se oponga a la Ley N° 30131.
Asimismo, la SUNAT, mediante Resolución de Superintendencia, conformará una Comisión de Supervisión de los Actos de Disposición, que tendrá a su cargo la supervisión de la disposición de mercancías y evaluación periódica del resultado de las acciones implementadas.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 11 de enero del 2014.
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