{"id":1855,"date":"2015-07-21T09:41:32","date_gmt":"2015-07-21T14:41:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perucontable.com\/noticias\/?p=1855"},"modified":"2015-07-21T09:41:32","modified_gmt":"2015-07-21T14:41:32","slug":"lo-que-debes-saber-sobre-los-nuevos-contratos-de-arrendamiento-para-vivienda","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.perucontable.com\/noticias\/lo-que-debes-saber-sobre-los-nuevos-contratos-de-arrendamiento-para-vivienda\/","title":{"rendered":"Lo que debes saber sobre los nuevos contratos de arrendamiento para vivienda"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.perucontable.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/arrendamiento.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1857\" src=\"http:\/\/www.perucontable.com\/noticias\/wp-content\/uploads\/2015\/07\/arrendamiento.png\" alt=\"arrendamiento\" width=\"665\" height=\"407\" \/><\/a><\/p>\n<p>\u00bfTe qued\u00f3 claro cu\u00e1les son las formalidades que deber\u00e1n reunir los contratos de promoci\u00f3n del arrendamiento? \u00bfCu\u00e1les notarios son los competentes y qu\u00e9 formularios usar? Ac\u00e1 te lo explicamos.<\/p>\n<p>El fin de semana se public\u00f3 la Ley que establece el r\u00e9gimen de promoci\u00f3n del arrendamiento para vivienda. La norma, aprobada mediante Decreto Legislativo N\u00b0 1177 (s\u00e1bado, 18 de julio de 2015), tiene por finalidad reducir el d\u00e9ficit habitacional en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>En esta nota daremos cuenta de las tres modalidades contractuales previstas, y sus principales caracter\u00edsticas; as\u00ed c\u00f3mo puede ejercerse la opci\u00f3n de compra (lo m\u00e1s publicitado en los medios), dejando para una siguiente entrega la explicaci\u00f3n del proceso \u00fanico de ejecuci\u00f3n de desalojo creado por la norma.<\/p>\n<p><strong>1. \u00bfQu\u00e9 contratos se prev\u00e9n en este r\u00e9gimen?<\/strong><\/p>\n<p><strong>Se prev\u00e9n tres tipos de contratos: <\/strong><\/p>\n<p>a) de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda.<\/p>\n<p>b) de arrendamiento con opci\u00f3n de compra de inmueble destinado a vivienda.<\/p>\n<p>c) de arrendamiento-financiero de inmueble destinado a vivienda.<\/p>\n<p>De estos tres, solo los dos \u00faltimos pueden permitir que el arrendatario se convierta en propietario. Adem\u00e1s, los dos primeros podr\u00e1n ser celebrados, en calidad de arrendador,\u00a0por cualquier persona natural o jur\u00eddica, pero el \u00faltimo solo por una\u00a0empresa\u00a0del sistema financiero.<\/p>\n<p>Estos contratos se celebran por escrito, mediante el uso de formularios que consignar\u00e1n sus t\u00e9rminos y condiciones esenciales, los derechos y obligaciones de las partes, as\u00ed como las causales de desalojo que les resultan aplicables, adem\u00e1s de la informaci\u00f3n necesaria para el adecuado control fiscal. Igualmente, deber\u00e1n registrase en el Registro Administrativo de Arrendamiento para Vivienda (RAV).<\/p>\n<p><strong>2. \u00bfEn qu\u00e9 consiste el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda?<\/strong><\/p>\n<p>Por el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda, el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un inmueble de su propiedad, para destinarlo \u00fanica y exclusivamente a vivienda, por cierta renta convenida y por un plazo pactado. De no indicarse plazo, se entender\u00e1 que es de un a\u00f1o contado desde la legalizaci\u00f3n notarial del formulario respectivo.<\/p>\n<p>Se celebra por escrito, \u00fanicamente con el Formulario \u00danico de Arrendamiento de inmueble destinado a vivienda (FUA). Este formulario ser\u00e1 obligatoriamente inscrito en el RAV, quedando a voluntad de las partes su inscripci\u00f3n en el Registro de Predios de la SUNARP.<\/p>\n<p><strong>3. \u00bfEn qu\u00e9 consiste el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda con opci\u00f3n de compra?<\/strong><\/p>\n<p>En el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda con opci\u00f3n de compra, el arrendador se obliga a ceder temporalmente al arrendatario el uso de un inmueble de su propiedad, para destinarlo a vivienda, por el pago de la renta convenida y de los conceptos complementarios (por ejemplo, mantenimiento, servicio de agua, seguro por riesgo de p\u00e9rdida). Este contrato debe fijarse, por un plazo determinado, al final del cual, el arrendatario tiene el derecho de ejercer la opci\u00f3n de compra del inmueble.<\/p>\n<p>Se celebra por escrito, \u00fanicamente con el Formulario \u00danico de Arrendamiento con Opci\u00f3n de Compra de inmueble destinado a vivienda (FUAO), en el que debe consignarse, seg\u00fan cronograma, el precio de la opci\u00f3n de compra del inmueble.<\/p>\n<p>El FUAO, y su pr\u00f3rroga de ser el caso, debe ser inscrito obligatoriamente en el Registro de Predios de la SUNARP y caduca un mes despu\u00e9s del vencimiento del contrato. La vigencia de dicha inscripci\u00f3n impide la inscripci\u00f3n de actos de disposici\u00f3n del inmueble o que afecten el derecho de opci\u00f3n de compra del arrendatario, el mismo que tiene prelaci\u00f3n respecto de cualquier carga o gravamen registrada con posterioridad a la celebraci\u00f3n del FUAO.<\/p>\n<p><strong>4. \u00bfEn qu\u00e9 consiste el contrato de leasing de inmueble destinado a vivienda?<\/strong><\/p>\n<p>El arrendamiento-financiero (leasing) de inmueble destinado a vivienda es un contrato por el cual el arrendador financiero financia el acceso del arrendatario al uso de un inmueble para destinarlo a vivienda, mediante el pago de cuotas peri\u00f3dicas y con opci\u00f3n a favor del arrendatario de comprar dicho bien por un valor pactado. A efectos de financiar el acceso al uso de un inmueble destinado a vivienda, el arrendador financiero, quien deber\u00e1 ser una empresa del sistema financiero autorizada por la SBS, adquiere la propiedad del inmueble para ceder su uso al arrendatario.<\/p>\n<p>Este contrato se debe celebrar por escrito, mediante el Formulario \u00danico de Arrendamiento &#8211; Financiero (leasing) de inmueble destinado a vivienda (FUAL), en el que debe consignarse el precio de compra del inmueble en caso el arrendatario ejerciera dicha opci\u00f3n. El FUAL deber\u00e1 inscribirse obligatoriamente en el Registro de Predios de la SUNARP y caduca un mes despu\u00e9s del vencimiento del contrato.<\/p>\n<p><strong>5. Intervenci\u00f3n y competencia de los notarios<\/strong><\/p>\n<p>La norma establece que se requerir\u00e1 intervenci\u00f3n de un notario para los siguientes casos: a) certificaci\u00f3n de firmas en los formularios, b) expedici\u00f3n de copia certificada de los formularios, c) certificaci\u00f3n de firmas ante la pr\u00f3rroga del contrato, d) remisi\u00f3n de copia certificada de los formularios al RAV, y, e) extender el acta notarial protocolizada o de la escritura p\u00fablica.<\/p>\n<p>El notario tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de verificar la identidad de las personas que suscriban los formularios, mediante el Sistema de Identificaci\u00f3n por Comparaci\u00f3n Biom\u00e9trica. Asimismo, es responsable de enviar al RAV los contratos as\u00ed como llevar un registro extraprotocolar de los formularios cuyas firmas haya certificado, de tal manera que obre en su poder un original del formulario. En dicho Registro extraprotocolar se anotar\u00e1 en orden cronol\u00f3gico la fecha de suscripci\u00f3n, los intervinientes y la fecha de remisi\u00f3n del documento al RAV.<\/p>\n<p>Se establece que, en defecto de notario, se puede acudir al juez de paz letrado. Y que es competente el notario (o juez de paz letrado) del distrito o provincia donde se encuentra ubicado el inmueble arrendado.<\/p>\n<p><strong>6. \u00bfC\u00f3mo se ejerce la opci\u00f3n de compra?<\/strong><\/p>\n<p>Para ejercer la opci\u00f3n de compra en algunas de las dos modalidad que lo permiten (el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda o el contrato de leasing de inmueble destinado a vivienda), el arrendatario debe haber cumplido con el pago de las rentas mensuales, conceptos complementarios e intereses, seg\u00fan se indique en el FUAO o el FUAL, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, deber\u00e1 haber pagado el precio de compra pactado, en la cuenta de abono se\u00f1alada por el arrendador, seg\u00fan el cronograma contenido en el formulario respectivo. Ello deber\u00e1 ser comunicado al arrendador, siendo necesaria la carta notarial en el contrato de arrendamiento de inmueble destinado a vivienda, a fin de suscribir la minuta de compraventa respectiva. En esta modalidad, adem\u00e1s, el notario podr\u00e1 solicitar\u00e1, a pedido de cualquiera de las partes, el bloqueo de la partida registral del inmueble hasta que se inscriba el acto de transferencia de propiedad, adjuntando copia de la minuta correspondiente.<\/p>\n<p>Para que la transferencia de propiedad efectuada se inscriba en el Registro de Predios de la SUNARP, deber\u00e1 extenderse la escritura p\u00fablica respectiva.<\/p>\n<p>Fuente: La ley.<\/p>\n<p>Visita nuestros cursos virtuales:<br \/>\nSIMI 2015 <a href=\"http:\/\/bit.ly\/1S4kkdH\" target=\"_blank\">\u00bb http:\/\/bit.ly\/1S4kkdH<\/a><\/p>\n<p>Beneficios Sociales <a href=\"http:\/\/bit.ly\/1FjlvNh\" target=\"_blank\">\u00bb http:\/\/bit.ly\/1FjlvNh<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfTe qued\u00f3 claro cu\u00e1les son las formalidades que deber\u00e1n reunir los contratos de promoci\u00f3n del arrendamiento? \u00bfCu\u00e1les notarios son los competentes y qu\u00e9 formularios usar? 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