Si Ud. tiene dos empleos en paralelo o se ha cambiado de trabajo dentro del año, se podría estar omitiendo involuntariamente parte del pago del Impuesto a la Renta (IR) de quinta categoría.
Si bien en estos casos el empleador se encarga de calcular el impuesto a descontar en el sueldo mensual, en la reciente revisión de las planillas de trabajadores de los últimos cuatro años, la Sunat ha detectado una gran cantidad de omisiones tributarias en las que la falta de información de los colaboradores hacia las empresas habrían causado este descalce tributario.
Según señala el gerente de Orientación y Servicios de la Sunat, Federico Guerra, han encontrado que la razón de estas omisiones se deben a que este trabajador, que ha estado trabajando en dos empresas, habría omitido entregarle esa información al empleador que le paga más para que consolide esos ingresos y efectúe una retención única del IR de quinta categoría.
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¿Pero por qué si se tributa en ambos trabajos se tiene un saldo en contra?
Según el funcionario de la Sunat, si se hacen retenciones en cada uno de los ingresos recibidos se computa un doble descuento de 7 UIT (factor para calcular el IR de quinta categoría) y este concepto solo se puede aplicar una sola vez al año y considerando toda la remuneración. Entonces, al aplicarse el doble descuento, hay una omisión al final del año.
Este escenario es igual para las personas que dejaron un empleo por otro en el año y no informaron a su nuevo empleador el monto que su anterior centro de labores le descontó por el IR de quinta categoría.
Saldos a favor del trabajador
Pero, ¿que sucede si el error del cálculo proviene de la empresa?
La responsabilidad sigue siendo del empleado, quien debe subsanar y pagar ese impuesto. La Ley señala que el agente de retención puede haberse equivocado pero el contribuyente sigue siendo el que ha generado la renta y la Sunat así le exige el pago al empleado pues su empleador le ha entregado un certificado de retenciones para que analice el cálculo.
Y si existe un exceso de retención, el único que puede darse cuenta y notificar este hecho es el empleado, pues la Sunat no puede hacerlo. “Podría ser que el empleador declaró ante la Sunat un dinero (ingreso) que nunca pagó a su trabajador. Ahí la Sunat no tiene forma de saber si ese dinero entro o no de antemano. Ante la discrepancia entre empleador y empleado Sunat revisará y si la información no es coherente podría hallarse un saldo a favor o en contra del empleado”, comenta Guerra.
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De hallarse un saldo a favor del empleado se deberá solicitar a la empresa que lo aplique en los siguientes meses. De no trabajar más en la empresa, quien se encarga de entregar el saldo a favor del contribuyente es la Sunat, en un plazo máximo de cuatro años.
Para conocer la situación tributaria del trabajador, se puede visitar los centros de servicios al contribuyente de la Sunat y acceder a la información con solo presentar el DNI. También se puede llamar a la línea 0-801-12-100 (desde teléfonos fijos) y 315-0730 (desde celulares).
Fuente: Diario Gestión.
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